La reforma de la ley de tráfico duplica las penas por tomar alcohol y drogas
El Gobierno aprueba los 130 km/h de manera puntual en autovía y autopista.

El ministro de Interior, Fernández Díaz, y la vicepresidenta, Sáenz de Santamaría.
La velocidad máxima en autovías y autopistas podrá aumentarse a 130 km/h por hora de manera puntual, dependiendo del trazado, la climatología y el estado de la circulación. Además, el Gobierno ha enfatizado en el principio de «tolerancia cero» en materia de drogas.
El Gobierno aprobó ayer el proyecto de reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial en el que no se recoge de manera expresa el extremo de la velocidad, pero que lo deja abierto a su regulación en el Reglamento de Circulación. El texto prohíbe la conducción bajo el efecto de las drogas, lo que está también tipificado como delito en el Código Penal. Se establece, además, la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol y drogas a los peatones que hayan cometido una infracción con independencia de si se han visto implicados en un accidente.
La prueba salival, mediante dispositivo autorizado, será el medio preferente para detectar in situ la presencia de drogas en el organismo para su posterior análisis. Sólo se podrá conducir con la presencia de drogas en el organismo cuando exista prescripción facultativa y una finalidad rehabilitadora. Además, la multa por conducir con tasas de alcohol superiores a las establecidas o con presencia en el organismo de drogas pasará de 500 a 1.000 euros. Esta misma sanción administrativa tendrán los conductores de vehículos y demás usuarios de la vía, incluidos peatones, cuando estén implicados en algún accidente de tráfico o hayan cometido una infracción y se nieguen a someterse a las pruebas.
El texto podría ser una realidad antes de la próxima Semana Santa, dependiendo de su tramitación por el Congreso de los Diputados y el Senado. La reforma deja bien claro que los casos de exceso de velocidad conllevarán, además de la sanción económica, la pérdida de puntos siempre que se superen los 150 km/h, con independencia de que el límite máximo de la vía sea de 120 km/h o 130 km/h, en los tramos preparados y señalizados para poder circular hasta esta velocidad —que serán anunciados por los paneles electrónicos-.
Y es que el Gobierno quiere poner coto a la velocidad. Para ello, también incluye en el proyecto la prohibición del uso de los detectores de radar, «por su incompatibilidad con las normas sobre limitación de velocidad y, en general, con las políticas de seguridad vial». Para ello se tipifica como infracción grave el quebrantamiento de esta prohibición (sanción de 200 euros y pérdida de 3 puntos). Asimismo, se mantiene la prohibición de los inhibidores de radar y se siguen permitiendo los mecanismos que informan de la posición.