Condenan al Estado por devolver a un hombre el arma con que mató a su mujer
La Audiencia Nacional ha condenado al Estado por devolver a un hombre, M. C. C., la escopeta de caza con la que meses después asesinó a su mujer. Las autoridades no comprobaron antes de otorgarle la licencia de armas que el solicitante contaba con antecedentes penales por violencia de género contra su propia pareja.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo considera probado que las autoridades públicas incurrieron en «una deficiente actuación administrativa» que fue, además, causa «coadyuvante» en la conducta homicida del condenado.
La sentencia obliga a la Administración a pagar a una hija de la fallecida, que fue quien impulsó la demanda de responsabilidad patrimonial contra el Estado, 25.000 euros en concepto de indemnización.
Se trata de una cantidad inferior a la que reclamó inicialmente la afectada. El tribunal, sin embargo, indica que no puede satisfacer por completo su petición porque, aunque las autoridades facilitaron con su falta de diligencia el crimen, el responsable máximo y directo de la muerte de la mujer fue el asesino.
Los hechos que desencadenaron esta demanda se iniciaron en diciembre de 2003, cuando M. C. C. fue condenado por un juzgado cordobés por una falta de amenazas por maltrato psicológico a su pareja. Cuatro meses después, durante un segundo procedimiento por un hecho delictivo semejante, el juez ordenó la intervención de las dos escopetas de caza.
El imputado quedó absuelto por falta de pruebas, pero no pudo recuperar de inmediato las escopetas al estar aún en trámite el expediente en el que se dilucidaba si se le debía revocar el permiso de armas.
El informe de la Guardia Civil que terminó por decantar a su favor el trámite administrativo hacía referencia al proceso judicial del que había salido absuelto, pero no contaba con referencia alguna del anterior, de la condena por violencia de género. Este error llevó a que se le devolviese el arma.