DEBATE DE CATALUÑA
Comienza el debate sobre Cataluña en el Congreso
El documento del Gobierno, con cuya lectura se ha abierto el debate del Congreso sobre la proposición del Parlament que reclama para la Generalitat la competencia de convocar un referéndum, considera que esta consulta no cabe en la Constitución y es "meramente especulativa".
De acuerdo con el Reglamento de la Cámara, el debate de este tipo de proposiciones debe comenzar con la lectura del criterio expresado por el Gobierno al respecto, si es que así lo hubiera hecho constar previamente, y ha sido el secretario primero del Congreso, Ignacio Gil Lázaro, el encargado de leer este texto.
El Ejecutivo hizo uso de su potestad presentando el correspondiente escrito ante el Registro de la Cámara, una práctica a la que casi no han recurrido los diferentes gobiernos de la etapa democrática.
"Los referendos consultivos están previstos en la Constitución sola y únicamente para someter a consulta de los ciudadanos decisiones políticas de especial trascendencia. Es decir, sólo puede consultarse lo que se va a decidir: no caben consultas meramente especulativas", explica el Gobierno en este documento.
En esa línea, añade: "Y si Cataluña sola, de manera unilateral, no puede decidir jurídicamente su separación de España, tampoco lo puede técnicamente consultar. Y si no puede consultarlo, no puede delegársele la facultad correspondiente, pues estaríamos ante una de las facultades que, con arreglo al mismo artículo 150.2 de la Constitución, por su propia naturaleza no sería susceptible de transferencia o delegación".
El Gobierno explica que el objeto de la proposición de ley orgánica presentada por el Parlamento de Cataluña se concreta fundamentalmente en la "delegación en la Generalitat de Cataluña de la competencia para autorizar, convocar y celebrar un referéndum consultivo para que los catalanes se pronuncien sobre el futuro político colectivo de Cataluña".
Para el Ejecutivo, ni el aspecto formal -la delegación de la competencia-, ni el fondo del asunto -el objeto del referéndum que se pretende convocar-, tienen cabida en la Constitución.
"La eventual aprobación de la iniciativa en los términos propuestos podría suponer una vulneración de la Constitución en la medida en que con ella se pretende la delegación de una facultad o competencia que por su propia naturaleza no es susceptible de transferencia o delegación", señala el documento.
Además, advierte de que admitir la delegación de la facultad de autorización de un referéndum que tiene por objeto que los ciudadanos de Cataluña se pronuncien sobre su "futuro político", equivaldría a proclamar que, por su sola decisión unilateral, puede disolverse lo que la Constitución proclama indisoluble y dividirse lo que declara indivisible.
Para el Gobierno, lo que se reclama es transferir a una parte de los españoles una decisión que afecta a todos.
"Ni este Gobierno, ni las Cortes Generales, ni el Parlamento de Cataluña pueden legítimamente privar de manera unilateral al conjunto del pueblo español, único titular de la soberanía, de su derecho a decidir sobre su futuro colectivo", recalca.