Diario de León

El TS revoca el desahucio de un minusválido de un alquiler de renta antigua

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Efe | Madrid

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El Tribunal Supremo (TS) ha revocado el desahucio de un minusválido de una casa de renta antigua, cuyo alquiler le fue subrogado tras la muerte de su padre, y anula así la decisión de la Audiencia de Barcelona y de un juzgado, que le habían condenado a desalojar la vivienda.

La Sala de lo Civil del TS fija en esta sentencia como doctrina, en relación a la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 (LAU), que, en materia de subrogación de estos alquileres por causa de muerte, «es suficiente para reconocer la subrogación que se produzca la situación de convivencia y el hijo se encuentre afectado por la minusvalía, sin necesidad de que ésta hubiera sido declarada en el momento del fallecimiento del arredantario por el órgano competente».

El alto tribunal anula así una sentencia de la Audiencia de Barcelona, que había confirmado la decisión de un juez de Primera Instancia de Hospitalet de Llobregat que, en junio de 2010, dio la razón al arrendador y condenó a la persona con minusvalía a desalojar la vivienda «con apercibimiento de lanzamiento» (desahucio).

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