Diario de León

El juicio por el asesinato de Isaías Carrasco tendrá que repetirse

El Supremo estima el recurso de la Fiscalía y ordena a la Audiencia juzgar de nuevo al etarra Aguinagalde.

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mateo balín | madrid
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El juicio por el asesinato del concejal socialista Isaías Carrasco a manos de ETA tendrá una segunda parte. En una resolución poco habitual, el Tribunal Supremo anuló ayer la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió al etarra Beinat Aguinagalde por la muerte del entonces edil de Arrasate-Mondragón el 7 de marzo de 2008, y que fue reivindicado por la banda terrorista en el diario Gara .

La Sala Segunda del alto tribunal ordenó a la Audiencia que se vuelva a repetir la vista oral por otro tribunal distinto al que dictó la absolución, la sección tercera de la Sala de lo Penal, de modo que se garantice absolutamente su imparcialidad y se dicte una nueva sentencia. Los argumentos esgrimidos por los magistrados del Supremo son que se vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva de los familiares de la víctima al excluir de forma no motivada como prueba de cargo la identificación fotográfica que hizo una testigo protegido de Aguinagalde.

El tribunal señaló que la gravedad de los hechos -un atentado terrorista con una víctima mortal- exige una valoración muy minuciosa y detallada de la prueba de cargo concurrente, sin recurrir a fórmulas estereotipadas ni excluir de la valoración pruebas de cargos legalmente.

La sentencia contó con el voto particular discrepante del magistrado Perfecto Andrés Ibáñez, partidario de confirmar la sentencia absolutoria, y otro voto del magistrado Alberto Jorge Barreiro, que coincide con la mayoría en que hubo vulneración de la tutela judicial efectiva por falta de motivación, pero entiende que la consecuencia es que el mismo tribunal de la Audiencia y no otro distinto dictase una nueva sentencia.

Con esta decisión, una mayoría de la sala apoyó la solicitud realizada en la vista del recurso por el fiscal Luis Fernando Rey, quien solicitó uno nuevo juicio al considerar que la sentencia absolutoria fue arbitraria, irrazonable y vulneró el derecho a la tutela de la familia de Carrasco.

El tribunal de la Audiencia Nacional, presidido por Guillerno Ruíz Polanco, excluyó el reconocimiento fotográfico por parte de un testigo protegido, que llegó a «cruzarse la mirada» con el sospechoso de disparar minutos después al concejal, al tratarse de un «mero acto de investigación» y no una prueba de cargo. De esta manera absolvió por falta de pruebas al etarra Aguinagalde, actualmente preso por otras causas, al que la Fiscalía pidió en el juicio 32 años de cárcel por asesinato terrorista, tenencia de armas y daños.

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