Diario de León

La Audiencia no desbloqueará más dinero de Luxemburgo solicitado por Torres

El ex socio de Urdangarín en el Instituto Nóos realiza la petición para pagar al abogado defensor y a un fiscalista.

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efe | palma

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La Audiencia de Palma ha rechazado la petición del ex socio de Iñaki Urdangarín en el Instituto Nóos, Diego Torres, de desbloquear más dinero de una cuenta bancaria que tiene en Luxemburgo para afrontar gastos y cuyos fondos están inmovilizados por el Juzgado de Instrucción número 3 de Palma.

La sección segunda del tribunal provincial ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Torres y su esposa Ana María Tejeiro contra la decisión del juez José Castro que denegó en enero la liberación de parte del embargo trabado sobre el saldo existente en la cuenta bancaria.

Torres solicitaba el desbloqueo de 192.740 euros y Castro autorizó el pasado octubre liberar 98.360. Rechazó permitir que se liberasen fondos para abonar parte de la minuta del abogado defensor de Torres (30.000 euros) y 58.000 de los honorarios de un fiscalista.

Las propiedades de Torres y de su esposa están bloqueadas desde noviembre de 2013, a raíz de que el magistrado impusiera una fianza de responsabilidad civil para garantizar las responsabilidades pecuniarias que se pudieran derivar de esta causa judicial si el ex socio de Urdangarín es condenado por los delitos de los que está acusado.

La Audiencia recuerda en su auto de ayer que el bloqueo de la cuenta es una medida cautelar dentro del proceso penal para garantizar el resultado de una sentencia condenatoria y que el juez ya ha liberado parte de los fondos para atender al pago de cargas sobre los bienes embargados, gastos familiares y pagos al defensor del matrimonio.

Según el tribunal, la posibilidad de modificar los embargos acordados debería quedar supeditada a «liberar aquellos bienes que resulten imprescindibles» para que el afectado pueda «atender con razonable dignidad a su subsistencia».

En opinión de la sala, «no parece que responda a esa finalidad», ni querer «satisfacer una provisión de fondos a favor del fiscalista» que se ocupa de las inspecciones tributarias del matrimonio ni los honorarios del abogado defensor.

La Audiencia explica que el asesor fiscal habrá de reclamar judicialmente el importe de los trabajos y solicitar el embargo de los bienes del deudor, al que se antepone el decretado por el juzgado, y esperar al resultado del proceso penal. El abogado defensor «se halla en idéntica situación y ostenta un derecho de crédito para el cobro de sus honorarios cuando el proceso concluya».

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