El Supremo archiva la demanda contra el rey por las «contradicciones» de Sartiau
La Sala Civil cambia de criterio y estima por siete votos a tres el recurso de don Juan Carlos.
El Tribunal Supremo cerró ayer la puerta a continuar con la tramitación de la demanda de paternidad presentada por la ciudadana belga Ingrid Sartiau contra el rey Juan Carlos. El pleno de la Sala de lo Civil cambió el paso y, por siete votos contra tres, estimó el recurso de la defensa del ex jefe de Estado contra la decisión del mismo órgano de admitir la demanda. Fue el pasado 14 de enero, entonces se hizo con el voto favorable de seis magistrados contra cinco, que sí apreciaron principio de prueba suficiente para avalar la reclamación de Sartiau.
Pero en estos dos meses las tornas han cambiado en la Sala de lo Civil. En las más de dos horas deliberación de los diez magistrados (faltaba uno por enfermedad), siete de ellos rechazaron asimismo el recurso que presentó la defensa de Sartiau contra el auto de admisión de enero, que no acogía la totalidad de sus pretensiones, entre ellas que el ex jefe del Estado se sometiera a una prueba de ADN para certificar o no la relación paterno-filial entre ambos.
La Fiscalía ya se opuso entonces a la tramitación del caso y, el pasado 3 de marzo, también a la realización de dicho examen biológico, ya que consideró que la acción de filiación no debería tramitarse por faltar un mínimo principio de prueba sobre la veracidad de sus afirmaciones. Es decir, que la demanda de la belga nacida en Gante hace 48 años no estaba «suficientemente motivada».
Para la defensa del rey y la Fiscalía, la aportación de un acta notarial como elemento probatorio, en la que la madre de Sartiau relata la supuesta relación mantenida con don Juan Carlos hace más de 40 años en un hotel de la Costa del Sol, no constituye el principio de prueba que exige la ley para tramitar una reclamación de paternidad, especialmente dada la ausencia de cualquier otro elemento o dato (cartas, fotos, mensajes) que la jurisprudencia suele tener en cuenta para dar verosimilitud a una demanda.
A ello se unió, según los recursos de ambas partes, las contradicciones entre el contenido del acta notarial y las declaraciones públicas de Ingrid Sartiau. En ese punto se explayaron de forma extensa los abogados de don Juan Carlos. En el documento notarial Liliane Sartiau afirma que durante unas vacaciones en la Costa del Sol en 1965 «conoció» a un hombre «de 31 años, muy gentil, guapo y con los ojos azules» con el que tuvo relaciones íntimas durante tres días. El conserje del hotel le dijo luego que se trataba «del príncipe Juan Carlos».
Sin embargo, la hija declaró en una entrevista a un semanario belga que «la historia de amor» del padre de Felipe VI y su madre «duró de 1956 a 1966» tras conocerse en casa de una familia belga en la que Liliane trabajaba de gobernanta. Asimismo, tres días después de admitirse la demanda, Sartiau fue a un programa de Telecinco y los letrados del monarca pusieron la grabadora, a la postre clave en el archivo de la demanda de paternidad.
Según ella, «mi madre conoció a don Juan Carlos en Francia y pasados unos años volvieron a verse en la Costa del Sol». De ser así, Liliane Sartiau no sólo habría omitido ante el notario un dato muy relevante (su relación con el rey en Francia) sino que, además, no habría dicho la verdad cuando aseguró que fue en diciembre de 1965 cuando «conocí a un hombre de 31 años de edad…».
Estas «contradicciones» no eran baladíes y por eso la defensa del demandado las incluyó en su recurso.