Vuelta de tuerca al caso de Carmelo Soria
La Audiencia Nacional propone juzgar a los policías de Pinochet que asesinaron en 1976 al funcionario de Naciones Unidas con nacionalidad chilena y española.
Carmelo Soria Espinoza, funcionario de las Naciones Unidas de doble nacionalidad, chilena y española, fue encontrado muerto en un canal de Santiago en julio de 1976. Había sido secuestrado anteriormente por agentes de la DINA, la policía secreta de Augusto Pinochet. Las cortes chilenas determinaron que el capitán Guillermo Humberto Salinas Torres y el suboficial José Remigio Ríos San Martín eran responsables de su muerte, pero los procesos penales fueron definitivamente sobreseídos al aplicarse la ley de amnistía promulgada por Pinochet.
Posteriormente, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos determinó que la aplicación de esta ley violaba la Convención Latinoamericana
De forma paralela, el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz procesó en octubre de 2012 a siete miembros de la llamada Brigada Mulchén, entre ellos al citado Guillermo Humberto Salinas. Les imputó delitos de genocidio, asesinato y detención ilegal, después de que la Fiscalía considerase que la jurisdicción española era competente porque su persecución en Chile «no había sido efectiva».
La petición
Tras la reforma de la Justicia Universal, que limitaba la investigación de los delitos en el extranjero, el ‘caso Soria’ quedó en punto muerto a la espera de aclarar su competencia o directamente el archivo. Ruz se fue y el caso lo retomó su sustituto en el Juzgado Central de Instrucción cinco, José de la Mata. Éste redactó ayer martes un auto en el que propuso al Tribunal Supremo que sea la justicia española la que investigue y en su caso juzgue el secuestro y asesinato de Soria. El pasado 4 de mayo, el alto tribunal devolvió la exposición razonada enviada por el juez Ruz sin entrar a valorar los hechos, porque, según sus magistrados, había omisiones observadas en aquel escrito
Ahora De la Mata reiteró la exposición razonada de Ruz explicando y justificando los motivos por los que entiende que existen indicios serios y razonables de que los hechos investigados no están afectados por la reforma de la jurisdicción universal. En los 35 folios, el juez hace constar que debe valorarse las posibilidades de que prospere el proceso penal en Chile de forma muy prudente.