El Congreso liquida el término imputado y pone plazos a la instrucción judicial
El Congreso de los Diputados, con el único apoyo del PP, la oposición de PSOE, IU, UPyD y Grupo Mixto y la abstención de CiU y PNV, aprobó ayer la reforma de la ley de enjuiciamiento criminal que, entre otras muchas medidas, suprime el término «imputado» como fórmula para denominar a los ciudadanos contra los que se dirige una instrucción judicial y lo sustituye por el a priori menos peyorativo de «investigado», en la fase inicial de la causa, y por el de «encausado», si contra el investigado termina por dirigirse una acusación formal para que se siente en el banquillo.
El Gobierno justifica el cambio terminológico porque considera que la palabra imputado tiene un carácter negativo.
La nueva norma, que ahora debe completar su tramitación en el Senado, también establece por primera vez límites temporales máximos para la instrucción de una causa, que serán de seis meses para asuntos «sencillos» y de 18 meses prorrogables para los temas «complejos», que podrán además ampliarse por plazo indefinido, de forma excepcional, si lo piden y justifican la Fiscalía, las defensas o las acusaciones.