Las dificultades que entraña el voto rogado
Sólo un 4,7% de los casi dos millones de españoles residentes en el extranjero votaron en los comicios del pasado 20 de diciembre, un porcentaje que demuestra las dificultades de un procedimiento, el voto rogado, que vuelve a ponerse en marcha para las próximas elecciones del 26 de junio.
Según los datos del Censo Electoral de Residentes Ausente (Cera) en los pasados comicios del 20D participaron el 4,7 % de los emigrantes y, según un informe publicado por el colectivo de emigrantes Marea Granate, el 37 % de los solicitantes de voto recibieron tarde las papeletas, por lo que no pudieron ejercer su derecho.
Tanto el PSOE como Podemos son partidarios de que los españoles residentes en el exterior que ya solicitaron votar en las elecciones generales del pasado 20D no tengan que volver a cursar la solicitud para volver a hacerlo el 26-J
Desde las elecciones de 2011 se aplica la reforma de la Ley Electoral pactada por PP, PSOE, CiU y PNV mediante la que se introdujo la obligación de que los emigrantes soliciten expresamente el voto para poder ejercerlo, lo que se conoce como voto rogado.
Para tratar de ayudar a entender los trámites que entraña el voto rogado, Marea Granate ha desarrollado un documento explicativo en las que expone las principales fechas y gestiones que se deben realizar para ejercerlo desde el exterior.
Las personas que quieran ejercer su derecho al voto tienen de plazo hasta el 28 de mayo, para acudir presencialmente al consulado o embajada correspondiente para inscribirse en el censo electoral.