Rajoy no irá al Supremo como testigo en el juicio por la consulta
Mariano Rajoy no declarará como testigo en el juicio en el Supremo contra el exconsjero de Presidencia catalán y actual diputado del Congreso, Francesc Homs, por la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014. La sala tampoco admite la petición de la defensa de Homs (el único encausado ante el Supremo por su condición de diputado y aforado ante esta sede judicial) de que fueran interrogados, igualmente como testigos, el ministro de Justicia, Rafael Catalá; el presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos; y el exfiscal general Eduardo Torres-Dulce.
Como en su día hiciera el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ante la petición de los encausados en Barcelona Artur Mas, Joana Ortega e Irene Rigau, el Supremo apunta que la declaración del presidente del Gobierno y el resto de autoridades no tiene «enlace con el objeto del proceso». En un auto hecho público ayer, el alto tribunal zanja que «no forma parte de este proceso la valoración política de los hechos asumida por los miembros del Gobierno de la nación cuyo testimonio se reivindica». Según la corte, tampoco «existe razón alguna» para llamar a juicio al presidente del Constitucional o al exfiscal general del Estado ya que «son los documentos que obran en la causa y no el testimonio personal de quienes dirigen estas dos instituciones los que reflejan las decisiones adoptadas en sus respectivos ámbitos funcionales».
Sí acepta la sala la comparecencia del expresidente catalán Artur Mas, pero con matices. El tribunal señala que, pese a hallarse acusado en una causa derivada de los mismos hechos, deberá comparecer como testigo y no como coimputado. Sin embargo, quedará «exento del deber de prestar juramento y será advertido de su derecho a no contestar a aquellas preguntas que puedan resultar perjudiciales para su defensa».
El Supremo no acepta otra de las pruebas reclamadas por Homs, incorporar la resolución de la Junta de Fiscales de la Fiscalía Superior de la comunidad autónoma de Catalunya de 18 de noviembre de 2014 que discutió este asunto y respaldó la decisión de seguir instruyendo la causa al ver delito en la actuación de los dirigentes catalanes. El tribunal recuerda que ese documento tiene carácter de oficio y no de resolución y forma parte de los trabajos preparatorios que ilustraron la decisión del máximo responsable de la Fiscalía General del Estado
El Supremo, además, fija para el 27 de febrero el inicio del juicio al exconsejero.