El Constitucional suspende la última moción independentista
m. balín | madrid
El nuevo escenario de diálogo abierto por Pedro Sánchez y Quim Torra tras su reunión del 9 de julio en el Palacio de la Moncloa tampoco ha pasado desapercibido en el Tribunal Constitucional. Si primero fue el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, instructor de la causa del ‘procés’, quien dio 24 horas de margen a los presidentes tras dictar sus últimos autos el pasado martes pese a que habían sido redactados el mismo 9 de julio, ayer le tocó el turno a la corte de garantías con un guiño cuanto menos llamativo en favor del diálogo político.
Por unanimidad de sus 12 magistrados, el Pleno del Constitucional suspendió la moción aprobada por el Parlament catalán el pasado 5 de julio, en la que reafirmaba «los objetivos políticos» de la resolución del 9 de noviembre de 2015 para avanzar hacia la independencia de Cataluña. La decisión fue tomada tras admitir a trámite el primer recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno de Pedro Sánchez, avalado por el Consejo de Estado, contra una actuación del Parlament, en este caso la moción aprobada con los votos de los partidos secesionistas, mayoría en la cámara: JxCat, ERC y la CUP.
Sn embargo, y aquí viene la novedad, en su providencia de ayer martes la corte no advierte de «eventuales responsabilidades, incluida la penal», en caso de incumplimiento.