El TS exige justificar la distancia entre los salones de juego

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León

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El Supremo ha ratificado la nulidad de la normativa de Valencia que impuso una distancia mínima de 800 metros entre salones de juego porque, subraya, las limitaciones a las actividades económicas deben ser justificadas, proporcionadas y necesarias por una razón imperiosa de interés general. La Audiencia Nacional ya había anulado el citado precepto del decreto autonómico de 2015. | efe

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