Diario de León

La Ley del Menor contempla el aislamiento de los más rebeldes y su sujeción por medios mecánicos

El Gobierno usará porras contra los que protesten en los internados

El Reglamento de la Ley del Menor, cuyo proyecto ya ha sido elaborado por el Gobierno año y medio después de la entrada en vigor de dicha normativa,

Fachada del centro de internamiento de Valladolid

Fachada del centro de internamiento de Valladolid

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J.A.B. - MADRID.
León

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En el texto elaborado por el Ministerio de Justicia como base para el Real Decreto que desarrollaró la Ley de Menor se advierte de que el uso de esos medios de contención «será proporcional al fin pretendido y nunca supondró una sanción encubierta». También se destaca que «sólo se aplicarán cuando no exista otra manera menos gravosa para conseguir la finalidad perseguida y por el tiempo estrictamente necesario». Además, estas medidas tampoco se extenderán a las jóvenes en estado de gestación, las madres que tengan hijos consigo o a los menores enfermos de una dolencia grave, «salvo inminente peligro para su integridad o la de otras personas». Conductas Entre las conductas que se pretenden «contener» con esos medios físicos no sólo figura el incumplimiento de las normas de los centros de internamiento, sino también los actos de violencia o lesiones de los menores a sí mismos o a otras personas, los intentos de fuga o los daños en las instalaciones del centro. En los casos de «graves alteraciones del orden con peligro inminente para la vida, la integridad física de las personas o para las instalaciones», se podrá reclamar el auxilio de las Fuerzas de Seguridad competentes en casa territorio, avisando al juez de Menores y al fiscal. Para garantizar la seguridad dentro de los centros donde los adolescentes y jóvenes son ingresados de forma cautelar hasta conocer su sentencia, o bien, cumplen las condenas impuestas por los jueces, también se habilitan distintas actuaciones encaminadas a la «observación de los internos». Entre ellas, figuran la inspección de locales y dependencias, así como los registros de personas, ropas y enseres de los menores. Esos controles, que se realizarán «con la periodicidad que la entidad pública o el director del centro establezca», podrán realizarse con ayuda de detectores de metales u otros medios técnicos similares.

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