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El TS admite deficiencias en el modelo que permite a espías pinchar móviles

Una sentencia contra un espía traidor de 2010 detalla la «singularidad» del control judicial

Publicado por
León

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La crisis del espionaje desatada por el uso por parte del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) del programa Pegasus, cuyo objetivo eran 18 dirigentes independentistas catalanes, según reconoció la exdirectora Paz Esteban en la Comisión de Secretos Oficiales el 5 de mayo, ha vuelto a poner el foco en las garantías de la intervención de las comunicaciones.

La normativa que ampara la actividad del CNI, aprobada en un ley de 2002, detalla el papel del magistrado del Tribunal Supremo responsable de autorizar la actuación de los agentes para pinchar teléfonos. Una tarea sensible no solo por el objetivo del espionaje, sino porque este juez debe ponderar la vulneración de derechos fundamentales cuando se trata de la inviolabilidad del domicilio y de las comunicaciones, como fue el caso catalán. En este sentido, el Supremo se ha pronunciado en pocas ocasiones sobre el control judicial del CNI, puesto en duda por la crisis del espionaje catalán. Un escándalo que ha hecho tambalear la legislatura y que se cobró la cabeza de Esteban tras conocerse, de forma posterior, la «brecha de seguridad» en los móviles del presidente del Gobierno y de tres ministros.

Una sentencia dictada en 2010, relativa a la confirmación de una condena por un delito de traición a un espía, detalla la «singularidad» del modelo que permite al CNI intervenir terminales. Un método instaurado por el legislador que, pese a sus «deficiencias», aporta una garantía en la necesidad de motivar la resolución judicial que habilita a los agentes. Se trata de asunto de «ineludible ponderación siempre que se trate de legitimar el sacrificio de derechos fundamentales», recoge la ponencia firmada por Manuel Marchena, hoy presidente de la Sala Segunda (Penal). En el caso del ‘Catalan Gate’, el juez del CNI en el Supremo, Pablo Lucas, motivó en 18 resoluciones de entre una y siete páginas el acceso a los teléfonos móviles durante tres meses prorrogables. Entre los objetivos estaba el actual presidente de la Generalitat Pere Aragonès. La razón fueron «sus contactos con los CDR», la fuerza de choque del independentismo, en otoño de 2019. Un periodo coincidente con las actividades desarrolladas para protestar por la sentencia del ‘procés’, conocida en octubre de ese año.

Según la petición del CNI al juez, Aragonès se habría comunicado con un intermediario de los CDR, el exdiputado autonómico de la CUP y abogado Benet Salellas, que defendió a Jordi Cuixart, presidente de Òmnium Cultural, en el juicio por el procés secesionista. Precisamente, esta entidad soberanista fue la primera en presentar una querella tras conocerse el informe de Citizen Lab, el laboratorio canadiense que eleva de 18 a 65 el número de espiados. La acción se dirige contra la empresa israelí NSO, propietaria y responsable de Pegasus, y ya se examina en el juzgado de Barcelona que investiga el espionaje a Roger Torrent (ERC).

No obstante, el objetivo de Òmnium es «abrir la puerta a una investigación que permita imputar a todos los organismos del Estado implicados», también al Centro Nacional de Inteligencia.

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