Diario de León

La exigencia de la amnistía para Puigdemont tropieza con la ley

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El pasado martes, cuando todavía España no había digerido los endiablados resultados electorales del 23-J, el abogado de Carles Puigdemont, Gonzalo Boye, incidió en que, además de un referéndum de autodeterminación pactado, entre las condiciones de Junts para apoyar una hipotética investidura de Pedro Sánchez está, no ya el indulto del expresidente como ha ocurrido con los otros líderes del ‘procés’, sino directamente la amnistía de los cargos que se le imputan sin siquiera llegar a ser detenido y juzgado. Y no solo la amnistía del responsable de la Generalitat que empujó el ‘procés’ hasta la inoperante declaración de independencia de Cataluña, sino también de las otras 4.000 personas que, según los cálculos del propio Boye, siguen encausadas por la intentona secesionista de otoño de 2017.

La exigencia recurrente de Junts ha adquirido, esta vez, trascendencia después de que la gobernabilidad española penda de su siete diputados en el Congreso.

Aunque el independentismo cifra exactamente en 4.200 los «represaliados», lo cierto es que el portal Verificat aseguraba hace un año que solo quedaban unas 700 personas pendientes de juicio por hechos relacionados con el ‘procés’.

La mayoría por los preparativos municipales para el 1-O y por los disturbios que tuvieron lugar por toda Cataluña en el último trimestre de 2019, cuando se hizo pública la sentencia del Supremo que mandó a la cárcel a nueve de los líderes separatistas, con el exvicepresidente Oriol Junqueras a la cabeza. Pero también hay otros procesos abiertos, al margen de la causa contable en el Tribunal de Cuentas por el uso de fondos públicos para el referéndum ilegal, en diversos tribunales catalanes contra responsables políticos, alcaldes, síndicos o policías.

A estos sumarios hay que añadir que en la Audiencia Nacional todavía no se han juzgado las causas contra los Comités de Defensa de la República (CDR) procesados por un delito de pertenencia a organización terrorista ni a los responsables y activistas de Tsunami Democràtic, la plataforma que protagonizó a finales de 2019 graves altercados en protesta por la condena del Supremo; entre ellos la toma del aeropuerto de El Prat. Boye aseguró que el expresident no busca una solución personal, defendiendo que la amnistía a esos cientos de encausados, entre los que está el propio letrado, sería la «vía más impecable y limpia» para solucionar el «problema».

El abogado de Puigdemont, sostiene tanto en público como en privado -en línea con una corriente jurídica muy minoritaria dentro del Derecho Penal- que una amnistía sí que cabría en la Constitución, porque el artículo 62 de la Carta Magna prohíbe «indultos generales», pero no una amnistía como tal.

Solo en el Código franquista Efectivamente, ese artículo, dentro del apartado que regula las funciones del Rey, no hace mención alguna a la amnistía. De hecho, no hay una sola al término en toda la Carta Magna ni en el Código Penal. Sí que aparecía expresamente en el Código Penal franquista de 1973, que aclaraba que la amnistía «extingue por completo la pena».

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