Le recuerda que no se puede poner coto a la libertad de opinión
El Supremo rechaza el intento de Ortiz de limitar a las acusaciones PSOE defiende su relación con Junts pese a los PGE
Hurtado alega que no puede coartar el derecho de expresión a pesar de lo que crea el fiscal general
El fiscal general del Estado a su salida del Tribunal Supremo. Daniel Gonzalez
Las acusaciones populares y particular en el proceso abierto en el Supremo contra el fiscal general del Estado por revelación de secretos podrán seguir informando, opinando y vertiendo opiniones sobre esta causa sin ningún tipo de cortapisa. Ángel Luis Hurtado, el instructor en el alto tribunal de este procedimiento por la filtración de un correo confidencial de un correo del abogado del novio de Isabel Díaz Ayuso, acordó este lunes desoír las quejas de la defesa de Álvaro García Ortiz contra el hecho de que —entiende la defensa del imputado— el relato sobre esta causa se está construyendo por las acusaciones particular y popular y su versión en los medios de comunicación es «parcial y sesgado», además de ir «en contra del principio de presunción de inocencia».Básicamente, el juez acusa al fiscal general de reclamar que se «pongan limitaciones a un derecho fundamental, como es la libertad de expresión» solo con el argumento de que el investigado se siente víctima de un juicio paralelo en los medios de comunicación.Ángel Luis Hurtado acusa de manera velada al fiscal general de exagerar porque —avisa— en este tipo de procedimientos con «trascendencia mediática», se la parte que se queja de otra, como es el caso García Ortiz, se queda solo con los comentarios negativos y «se suele olvidar de las opiniones de otros medios y determinados ámbitos que le son favorables».El instructor recuerda al imputado que en esta causa ya se han producido multitud de resoluciones, que luego, cada «medio» o en cada «ámbito» de este proceso ha transmitido de la manera que ha querido, «vertiendo una u otras opiniones». Esa pluralidad —explica el togado— «es algo a lo que este instructor, por respeto al derecho constitucional a la libertad de expresión, no ha de poner coto, salvo que las considere delictivas, cosa que no ha apreciado.