Diario de León

El juez confirma la validez de los audios que encarcelaron a Cerdán

El magistrado Puente rechaza el nuevo intento del exdirigente socialista de desmontar la causa

El ex secretario de organización del PSOE Santos Cerdán.

El ex secretario de organización del PSOE Santos Cerdán.sergio pérez

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Agencias
Madrid

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El instructor del Supremo Leopoldo Puente ha certificado la validez de las grabaciones realizadas por Koldo García, exasesor de José Luis Ábalos, y que le sirvieron el pasado junio para enviar a la cárcel a Santos Cerdán, ya que en ellas se escuchaba al hasta entonces secretario de Organización del PSOE dirigiendo supuestamente el amaño de obra pública en conversaciones con el exministro de Transportes y el propio Koldo García. Puente, que rechaza de plano el recurso de reforma que Cerdán presentó a su decisión del pasado 15 de septiembre de realizar numerosas diligencias, asegura que no «acierta a comprender» en qué se basa el abogado Jacobo Teijelo, letrado del entorno de la fontanera del PSOE, para asegurar que «ya constan indicios de manipulación» en los centenares de audios que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil encontró en febrero de 2024 durante el registro de la vivienda de Koldo en Alicante. Precisamente, a mediados del pasado septiembre, el Departamento de Ingeniería Digital de la Guardia Civil en un informe de 97 páginas remitido al Supremo afirmó que no habían encontrado indicios de ninguno de los ocho audios que le fueron remitidos por el tribunal hubieran sido manipulados. «Del análisis y estudio realizado no se han identificado trazas que evidencien alteraciones, manipulaciones o comportamientos anómalos en la administración del sistema iOS relacionados con la aplicación Voice Memos y los audios objeto de estudio», certificaron los agentes, que zanjaron que «la hipótesis de autenticidad es la que se considera verdadera». No obstante, el equipo de Teijeilo ya adelantó que, siempre según su interpretación del informe de Criminalística, en el 75% de las pruebas no se había culminado el proceso de investigación, con lo cual en la mayoría de los audios analizados por la pericial «no se confirmó su autenticidad». El instructor del Supremo también vuelve a echar por tierra el intento de Cerdán de desmontar las acusaciones contra él al considerar la causa viciada de origen porque —sigue sosteniendo el dirigente socialista— fue investigado cuando era diputado sin el preceptivo suplicatorio del Congreso, después de que el presunto conseguidor de la trama corrupta, Víctor De Aldama, asegurara en sede judicial en noviembre de 2024 que Cerdán había intervenido en el cobro de mordidas y en la supuesta financiación irregular del PSOE. «No ha existido investigación alguna relativa a cualquier persona aforada, tampoco sobre Cerdán».

Begoña Gómez pide que no la juzguen con jurado

La defensa de Begoña Gómez ha pedido a la Audiencia Provincial de Madrid que corrija la decisión del juez Peinado de abocar la investigación que dirige por la presunta malversación en la designación de Cristina Álvarez como asesora de Moncloa y sus actividades laborales a un eventual juicio con jurado popular, conformado por ciudadanos y no por un tribunal compuesto por jueces. Así consta en el recurso de apelación en el que la defensa ejercida por el exministro socialista Antonio Camacho defiende que no hay indicios de que Gómez participara en el nombramiento de Álvarez «ni en el pago de emolumentos», por lo que descarta que haya cometido malversación alguna. «Por ello, debemos concluir que tampoco concurre el segundo de los elementos que han de concurrir para incoar el procedimiento del tribunal del jurado», argumenta para frenar la decisión de Peinado de transformar las diligencias de investigación para que en caso de que esta pieza separada vaya a juicio sea juzgada por un jurado popular. La defensa insiste en que no puede considerarse que la mujer de Pedro Sánchez, «que es una particular», sea una «funcionaria pública a los efectos de la comisión del delito de malversación». «Es indiscutible que como cónyuge del presidente del Gobierno ni tiene mando o jurisdicción propia ni participa en el ejercicio de funciones públicas», añade.
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