El Supremo sostiene que la ‘ley de nietos’ afecta al resultado electoral

El rey Felipe VI, y la presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Isabel Perelló, durante el acto de apertura del Año Judicial, en el Tribunal Supremo este jueves
El Tribunal Supremo paralizó cautelarmente el voto para las personas ya inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (Cera) que consiguieron la nacionalidad a través de la denominada ‘ley de nietos’ y las nuevas inscripciones para preservar «la transparencia del proceso electoral y la confianza de la ciudadanía en sus resultados», ante la «magnitud» del aumento del censo.
Así lo ha argumentado en dos autos después de dar conocer esta semana su decisión de frenar los efectos electorales de la ‘ley de nietos’, una disposición de la Ley de Memoria Democrática que concede la nacionalidad a descendientes de exiliados, salvo para personas con familiares con exilio acreditado, tras recursos de Iustitia Europa y Vox.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo argumenta que el «incremento extraordinario en el número de electores inscritos en el Cera», que además está «en constante aumento», puede «afectar a la transparencia del proceso electoral y a la confianza de la ciudadanía en sus resultados». E insiste en que «la magnitud de las cifras de incremento del Cera ofrecidas, la afectación al derecho de sufragio y al resultado electoral deseado por los españoles que ya figuran inscritos correctamente en el censo electoral, podrían quedar también gravemente comprometidos». Y señala que dicho censo tiene 408.262 inscritos más, a 1 de julio de 2026, que en el censo correspondiente para las elecciones generales de 2023: 2.736.522 electores frente a 2.328.260.
Los magistrados consideran que «tal crecimiento genera un peligro fundado, real y serio de poder afectar gravemente a la objetividad y transparencia del proceso electoral, causando entonces un daño irreversible». Por tanto, a fin de evitar «una circunstancia fundada de incertidumbre sobre el resultado electoral», el alto tribunal estimó la petición de medidas cautelares, que tendrán un carácter temporal y supeditado".