Elecciones generales 2026: fechas, plazos y todo lo que necesitas saber para el 29-N
España volverá a las urnas el domingo 29 de noviembre en unas elecciones generales anticipadas

Calendario electoral para el 29-N
El adelanto electoral anunciado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, pone en marcha un calendario de apenas 54 días hasta la jornada electoral. El decreto de convocatoria se publicará este martes, 6 de octubre, en el Boletín Oficial del Estado y desde ese momento comenzarán a correr los principales plazos del proceso electoral.
De cara a las elecciones generales del próximo 29 de noviembre, conviene tener presentes los principales plazos y fechas que marcarán el calendario electoral. Esta guía recoge las citas más relevantes del proceso, desde la solicitud y tramitación del voto por correo hasta el inicio y final de la campaña, además de otras cuestiones de interés para los electores.
¿Cuándo se puede solicitar el voto por correo?
La primera fecha que deben apuntar quienes no puedan acudir a su colegio electoral el 29 de noviembre es precisamente la del 6 de octubre: ese día se abre el plazo para solicitar el voto por correo.
El plazo comienza el martes 6 de octubre y termina el jueves 19 de noviembre, ambos incluidos. La Ley Electoral establece que la solicitud puede hacerse desde la convocatoria hasta el décimo día anterior a la votación.
El trámite puede realizarse de dos maneras: en una oficina de Correos. Hay que acudir personalmente con el DNI, pasaporte o permiso de conducir original. No sirve una fotocopia del documento. La solicitud se entrega en Correos y se remite a la Oficina del Censo Electoral. La segunda forma es por internet. La solicitud también puede tramitarse a través de la web de Correos si se dispone de certificado digital o DNI electrónico y AutoFirma. Correos permite completar y presentar telemáticamente la solicitud sin acudir a una oficina.
Una vez aceptada la solicitud, la Oficina del Censo Electoral remite al elector la documentación necesaria para votar: papeletas, sobres y el resto de documentación electoral.
El elector deberá introducir su voto y enviarlo siguiendo las instrucciones recibidas. Una vez solicitado el voto por correo, ya no se puede votar presencialmente en la mesa electoral el día 29 de noviembre.
El calendario publicado para estas elecciones fija el 25 de noviembre como último día para votar por correo.
¿Quién puede votar por correo?
Puede solicitarlo cualquier elector que tenga derecho a votar en las elecciones generales y prevea que no podrá acudir personalmente a su colegio electoral el 29 de noviembre, por ejemplo porque estará de viaje, trabajando fuera de su localidad o por cualquier otra circunstancia que le impida acudir a la mesa.
También existe un procedimiento específico para los españoles que se encuentren temporalmente en el extranjero y para los españoles residentes de forma permanente fuera de España.
¿Y si vivo en el extranjero?
Los españoles residentes permanentemente en el extranjero e inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) disponen de un procedimiento específico para votar desde el extranjero.
Los residentes temporales en el extranjero deben seguir, en cambio, el procedimiento correspondiente a los electores desplazados temporalmente fuera de España.
La reforma del voto exterior eliminó el antiguo sistema de «voto rogado», por lo que los electores CERA ya no tienen que solicitar previamente el voto como ocurría en procesos anteriores.
¿Cuándo empieza la campaña electoral?
La campaña electoral comenzará a las 00.00 horas del viernes 13 de noviembre y se prolongará durante quince días. El último día de campaña será el viernes 27 de noviembre, que finalizará a las 24.00 horas. La jornada siguiente, sábado 28, será la jornada de reflexión. Durante la jornada de reflexión no se puede pedir el voto ni realizar actos de campaña electoral.
¿Cuándo se conocerán las candidaturas definitivas?
Los partidos tendrán del 21 al 26 de octubre para presentar oficialmente sus candidaturas. Las candidaturas presentadas se publicarán el 28 de octubre, mientras que la proclamación definitiva por las juntas electorales está prevista para el 2 de noviembre, con su publicación en el BOE al día siguiente.
Esto significa que durante las próximas semanas todavía habrá margen para que las formaciones negocien coaliciones, configuren sus listas y decidan quién ocupará cada puesto.
¿Qué se vota el 29 de noviembre?
Los españoles elegirán el Congreso de los Diputados y el Senado. En el Congreso se votan listas cerradas y bloqueadas: el elector elige una candidatura y no puede modificar el orden de sus integrantes.
En el Senado, en cambio, el sistema permite seleccionar individualmente a los candidatos dentro de las papeletas correspondientes a cada circunscripción.
¿Cuándo se constituyen las nuevas Cortes?
Después de las elecciones comenzará el proceso de constitución de las nuevas Cámaras. La Constitución establece que el Congreso y el Senado deben constituirse dentro de los 25 días posteriores a las elecciones, por lo que el límite será el 24 de diciembre.
Antes, el 2 de diciembre, las juntas electorales comenzarán el escrutinio general, que permitirá realizar el recuento oficial de los votos.