Diario de León

Los jueces piden al Gobierno que suavice varias reformas legales contra los delincuentes extranjeros

El Poder Judicial cree que es ilegal expulsar a inmigrantes sin condena

El Poder Judicial comunicará al Gobierno la semana próxima que varias de las reformas legales que prepara contra la inmigración ilegal van demas

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Alfonso Torices - MADRID.
León

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El informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que se debatirá el próximo miércoles en el pleno, señala que tanto el extranjero haya sido detenido por un delito penado con menos de seis años de prisión como por una falta (sin cárcel) no puede ser expulsado sin que exista confirmación de la autoría del hecho, pues se vulneraría su derecho a la presunción de inocencia. Los juristas recomiendan al Ejecutivo que si quiere mantener la medida, que pretende evitar que los ilegales eludan la expulsión con la comisión de un delito, debe, en el caso de la falta, esperar a que sea condenado, y, en el caso del delito, que el juez tenga al menos indicios sólidos de su autoría, como pueden ser un auto de procesamiento o un calificación de hechos probados del fiscal. El Poder Judicial, sin embargo, sí considera legal la reforma del Código Penal que prevé que la condena para un extranjero sin papeles que cometa un delito o una falta con penas inferiores a seis años de cárcel sea la expulsión, pero le pide al Gobierno que no lo convierta en un hecho automático y que le permita al juez imponer el cumplimiento de una condena en una cárcel española si comprueba un arraigo social del inmigrante en España. Esta medida de expulsión del delincuente ilegal que, sea cual sea su delito o falta, le impone como pena adicional la imposibilidad de regresar a España en un período de diez años, también es puesta en tela de juicio por el CGPJ. Los juristas consideran que la medida adicional no respeta el principio constitucional de proporcionalidad de las penas al delito. Para solucionar la infracción legal, proponen al Ejecutivo que modifique el texto y que el plazo por el que se prohíbe regresar a España al inmigrante sea igual al período de cárcel que tendría que cumplir por el delito de la condena. Las objeciones del informe del Poder Judicial también abarcan a la reforma de los artículos del Código Penal que endurecen sustancialmente las penas a imponer a los miembros de redes de tráfico de inmigrantes en determinados casos. Los magistrados señalan que la legislación que se pretende aprobar, que en el mejor de los casos sitúa la horquilla de la pena entre 4 y 8 años de cárcel y en el peor entre 5 y 10 años, prevé una serie de agravantes cualificadas que, de aplicarse en su totalidad, pueden elevar las condenas a tramos entre 10 y 15 años de cárcel, lo que consideran excesivo y desproporcionado. Entienden que con este abanico de penas igualan los delitos anteriores a otros, en principio mucho más graves, como el homicidio o la violación. La última objeción que plantea el informe en los cambios sobre Extranjería se refiere al delito de ablación o mutilación genital, que es de nueva creación y prevé una pena de 6 años de cárcel. Los juristas le piden al Gobierno que diga expresamente que el delito será perseguible por la justicia española en otros países, para que la ley no pueda burlarse, pues algunos extranjeros se llevan a las hijas a sus países de origen, para practicarles la ablación y luego regresan a España.

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