Diario de León

La Audiencia Nacional revoca la excarcelación de un etarra ordenada por Ruth Alonso

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La Audiencia Nacional volvió ayer a desacreditar una decisión judicial de la magistrado de Vigilancia Penitenciaria del País Vasco, Ruth Alonso. La Sección Primera de la Sala de lo Penal de este tribunal revocó este viernes la concesión de la libertad condicional al preso etarra Francisco Javier Etxebarria González, al que la polémica juez excarceló el 24 de junio del 2002 tras cumplir sólo seis años de los 205 a los que fue condenado por pertenencia a banda armada, terrorismo, depósito de armas, tenencia de explosivos, atentado, secuestro, asesinato, entre otros delitos. Los magistrados de la Audiencia Nacional entienden que la juez concedió la libertad condicional sin esperar a conocer si prosperaba el recurso de la Fiscalía contra el paso al tercer grado del interno, condición previa para obtener la libertad restringida. Además, la Sala de lo Penal sostiene que Ruth Alonso obvió que el recluso no cumplía las condiciones que fija el artículo 90 del Código Penal para conceder el tercer grado: buena conducta, pronóstico individualizado y favorable de reinserción social. Según recuerda el fallo, la Junta de Tratamiento de la cárcel de Basauri (Vizcaya), donde estaba interno Etxebarria, el 22 de mayo de 2002 emitió, por mayoría, un «pronóstico desfavorable de comportamiento futuro». Pese a ello, denuncia la Audiencia Nacional, Alonso, que no «confrontó» ese informe con el de otros técnicos, atendió a los dictámenes de un jurista y la psicólogo, «en minoría» dentro de la Junta de Tratamiento. Lejos de haber dado muestras de reinserción, la Audiencia Nacional recuerda que Etxebarria había sido sancionado en 54 ocasiones por su mala conducta dentro del centro penitenciario.

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