Diario de León

Un divorciado deberá pagar pensión a su hijo mayor de edad y con trabajo

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europa press | barcelona

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La Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha dictado una sentencia por la que obliga a un padre divorciado a seguir pasando una pensión de alimentos a su hijo, mayor de edad y que trabaja, al considerar que «sus ingresos no cubren sus necesidades». El Alto Tribunal catalán expresa en el fallo su deseo de que con esta resolución se unifiquen criterios, puesto que existe jurisprudencia «contradictoria» en las Audiencias en lo que respecta a la «procedencia o improcedencia» de la pensión de alimentos de los hijos cuando han alcanzado la mayoría de edad y han accedido al mercado de trabajo. La sentencia señala que debe rechazarse la jurisprudencia que entiende «suficiente que el hijo entre en el mercado laboral, sean cual sean los ingresos propios, para liberar al progenitor no conviviente de la prestación alimenticia». Demanda Esta resolución obedece a un pleito iniciado a raíz de una sentencia de separación que estipuló que el padre debía pasar una pensión de alimentos de 370 euros al mes. Cuando el niño alcanzó la mayoría de edad, su progenitor presentó una demanda para que se anulara la pensión esgrimiendo como argumento que el adolescente ganaba más de 300 euros al mes. Tras la demanda, el Juzgado de Primera Instancia 2 de Girona exoneró al padre de seguir pasando la pensión cada mes. No obstante, la madre presentó un recurso ante la Audiencia de Girona, cuya Sección Segunda estimó revocando el anterior fallo. Sin embargo, la Audiencia redujo la pensión a 150 euros mensuales teniendo en cuenta la nueva situación laboral del adolescente que ya cubría parte de sus necesidades mínimas con su sueldo.

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