Diario de León

La familia de Juan Holgado recurrirá la sentencia de la Audiencia ante el Tribunal Supremo

Absuelven por segunda vez a los acusados por el caso del padre coraje

El tribunal considera que no existen pruebas directas sobre su implicación en el asesinato

El padre coraje, Francisco Holgado, ayer, tras conocer la sentencia

El padre coraje, Francisco Holgado, ayer, tras conocer la sentencia

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María Naranjo - sevilla
León

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Segundo juicio y segunda absolución. Los cuatro imputados por el asesinato de Juan Holgado en una gasolinera de Jerez hace ocho años han sido absueltos por la Audiencia Provincial de Cádiz al considerar que no existen pruebas directas que determinen su participación en los hechos. Las cintas que el padre de la víctima grabó durante meses infiltrándose en los ambientes marginales de la ciudad, y que en la repetición de este juicio han sido aceptadas como pruebas, no han podido cambiar el veredicto de 1999. Sin embargo, han servido para que Francisco Holgado siga siendo conocido como el Padre Coraje y como tal ya ha anunciado que recurrirá el fallo ante el Tribunal Supremo. Domingo Gómez Franco, Pedro Asencio, Francisco Escalante y Manuel Sañudo estaban imputados por un delito de robo con homicidio con el atenuante de drogodependencia. El fiscal pedía para ellos 23 años, cuatro meses y un día, excepto para Sañudo para el que solicitaba 20 años y un día. La acusación particular elevaba las penas a 30 años de cárcel y una indemnización solidaria para los familiares de 180.000 euros. Finalmente, y después de tres semanas que ha durado el segundo juicio, la Sala Segunda de la Audiencia Provincial de Cádiz ha considerado que no existen pruebas que determinen que los acusados fueron los autores materiales del asesinato de Juan Holgado en la madrugada del 22 de noviembre de 1995 en la gasolinera «Martín Ferrador» de Jerez de la Frontera. Grabaciones incompletas Las cintas obtenidas por el Padre Coraje entre mayo y septiembre de 1996 y en 1998, cuando ya se había iniciado el proceso contra los cuatro imputados, caracterizado como Pepe el gitano no han aportado demasiado. La Audiencia Provincial de Cádiz considera en la sentencia que no puede extraer de ellas «nada de relevancia». El tribunal destaca además que se trata de grabaciones «incompletas» ya que carecen del «inicio y final formales de las habituales fórmulas de cortesía, saludos y despedidas, o una forma clara de abordar un tema de charla o conversación». Esto hace entender que ha existido una «selección de los contenidos» por el propio Francisco Holgado. Pero la escasa inconsistencia del contenido de las grabaciones no es el único argumento aportado para fallar la absolución. Ni las huellas dactilares recogidas en el lugar del crimen ni el ADN de las muestras de sangre que apareció en la gasolinera coinciden con la de ninguno de los acusados después de haber realizado las pruebas pertinentes.

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