Diario de León

Artículo II-84 PROTECCIÓN DE LA INFANCIA

Blindaje de garantías para el niño

«Los niños tienen derecho a la protección y a los cuidados necesarios para su bienestar. [...] . Este es un capítulo al que la Constitución presta especial atención. En todos los actos relativos a los n

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Rubén Santamarta - redacción
León

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Murió acribillado a balazos por la policía en las calles de Los Ángeles (costa oeste de Estados Unidos) hace menos de una semana. Iba desarmado y tenía 13 años, esa algo confusa edad entre la infancia y la adolescencia. El suceso dejó perplejo a cuantos supieron de él. Los actos delictivos o crímenes en los que se ven involucrados menores son, posiblemente, los que más espanto provocan entre la comunidad internacional. Por ello la Constitución europea ha decidido dedicar un artículo completo para explicar las garantías de los infantes y adolescentes, además de trufar la carta magna de decenas de referencias con las que se quiere blindar sus derechos. Es la primera vez en que los niños aparecen de forma explícita en un texto de esta envergadura. La carta de derechos fundamentales de la UE, previa, en año 2000, dejó varias lagunas en ese aspecto. No es una nimiedad: en los 25 países viven hoy alrededor de 90 millones de personas menores de 18 años. Y aunque Europa es uno de los espacios en que los derechos de la infancia están a mejor recaudo, todavía un 21 por ciento de los niños viven en condiciones de pobreza relativa y exclusión social. La Constitución Europea es «el mejor legado que podemos dejar a los niños», ha dicho en su defensa la secretaria de Estado de Servicios Sociales, Amparo Valcarce. A ese respaldo se suma el de otras entidades ligadas a los derechos del menor, como la Planta de Organizaciones de Infancia. Su presidente, Juan Merín, incidió hace unas semanas en que ese texto será «un paso importante para conseguir una Europa más comprometida en los derechos de la infancia». Cuando entre en vigor el documento -finales del 2006- ¿en qué se concreta esa defensa de los niños? De entrada, el tratado consagra como uno de los derechos fundamentales la protección del menor. Figura como uno de los objetivos de Europa, en su punto tercero, junto a otros como la lucha contra la exclusión social y la desigualdad, las políticas para equiparar a hombres y mujeres o el fomento de la justicia. Aunque detrás de otros como la economía social de mercado. La defensa del niño está repartida en diversos apartados, como los del derecho a la educación, la prohibición del trabajo infantil y la protección de los jóvenes en el trabajo; su edad de inicio en la vida laboral no puede ser inferior a la de su escolarización obligatoria. Con voz propia Se especifica también como una prioridad la lucha contra el tráfico ilegal de personas, en especial, concreta, «de mujeres y niños», así como la explotación sexual. Y entre otras cosas se deja claro que éstos podrán siempre expresar su opinión libremente, sin miedo a represalia alguna, y que esa valoración será tenida en cuenta para los asuntos que les afecten. También que el niño tiene derecho a mantener relaciones periódicas y personales con su padre y su madre. El documento, aplicado al extremo en su defensa de la infancia, hubiera evitado casos como el de Los Ángeles; porque los niños, se entiende, no son un juego.

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