La Junta Arbitral de Consumo incrementa su actividad en un 40% con respecto al año anterior

Lo que estime el Colegio Arbitral posee rango de laudo
Existe un sistema de definición de las reclamaciones que aboga por la concordia entre empresarios y consumidores, la Junta Arbitral de Consumo. Organizada en colegios arbitrales -donde existe representación tanto de los empresarios, como de los consumidores, tanto del consumidor reclamante como de la empresa objeto de reclamación- sus resoluciones tiene carácter vinculante y de aplicación legal. De todas formas sólo acuden a este tipo de vistas expendedoras de laudos las empresas que con anterioridad registran su conformidad con el sometimiento al arbitraje, a día de hoy 1.520, en el caso de León. Durante los últimos seis meses se han adherido 156 empresas y en 2004 y el presente 2005 ninguna ha solicitado desvincularse del arbitraje. Si bien aumenta el número de empresas adheridas, también aumenta, y muy significativamente, el número de solicitudes de arbitraje por parte de los consumidores, nada menos que un 40% contrastando los datos del primer semestre del 2004 con los del mismo periodo del año en curso. El sector que ha recibido más reclamaciones durante el primer semestre del 2005 es el de las telecomunicaciones -facturación, reparación de terminales, servicios de acceso a Internet...-, seguido del de muebles, transporte -líneas aéreas, trenes...-, electrodomésticos, enseñanza, automóviles y tintorerías. Ventajas del arbitraje Senen Villanueva, abogado y repreentante de los consumidores en los colegios arbitrales, reconoce que este método «es cada vez más conocido pero mucha gente no sabe de su importancia ya que lo que se decide aquí tiene rango de sentencia», con el aditivo del beneficio de la gratuidad, las falicidades -no se necesita letrado ni procurador- y la rapidez del proceso, más veloz que el que tiene lugar en los tribunales.