La fiscalía ve imposible que los etarras históricos permanezcan en la cárcel más de 30 años
Los fiscales del Supremo apoyan acumular los delitos en una pena
Henri Parot podría salir de prisión en el 2010, tras cumplir 18 años efectivos en prisión
La Fiscalía cree que es imposible conseguir que los etarras condenados por crímenes anteriores a 1996 cumplan de forma íntegra sus penas hasta el máximo legal de 30 años, sin que para ello influya el número de asesinatos que hayan cometido o la repugnancia social que causen sus crímenes. Los fiscales que actúan ante el Tribunal Supremo sostienen que tanto la ley como la jurisprudencia de este órgano judicial impiden que los terroristas condenados en virtud del antiguo Código Penal de 1973 permanezcan encarcelados de forma efectiva el tiempo máximo que pueden estar en prisión. El teniente fiscal del Supremo, Juan José Martín Casallo, en nombre de todos los fiscales de la Sala de lo Penal del alto tribunal, aseguró ayer en rueda de prensa que, «si no cambia la ley y la jurisprudencia», la Fiscalía está obligada a apoyar ante cualquier tribunal que las penas a que haya sido condenado un etarra -aunque sean miles de años por decenas de asesinatos- se acumulen en una sola condena máxima de 30 años de prisión. La obligación legal de acordar la acumulación de condenas, en la que Martín Casallo asegura que «seguimos a pies juntillas las resoluciones del Supremo», tiene efectos prácticos distintos según el código penal que se aplique al delincuente. Si se trata de terroristas históricos -condenados con la ley de 1973-, ninguno de ellos cumplirá de forma efectiva en prisión más de entre 17 y 21 años de los 30 de la pena máxima acumulada, gracias a las rebajas de días de condena que obtendrán por la aplicación de las redenciones por trabajo, estudios o labores extraordinarias. Sin embargo, si los terroristas fueron condenados con el Código Penal de 1996, los etarras podrían permanecer encarcelados -si así lo deciden Instituciones Penitenciarias y los tribunales- incluso los 30 años completos de la condena acumulada, porque este código derogó cualquier beneficio penitenciario. Decisión unánime Martín Casallo justificó con estos argumentos la decisión unánime de los 30 fiscales de la Sala de lo Penal del Supremo de pedir la revocación del auto de la Audiencia Nacional que, en abril de 2005, negó a Henri Parot -el terrorista más sangriento de la historia de ETA- la acumulación de condenas y, por el contrario, le impuso el cumplimiento de dos penas consecutivas de 30 años de cárcel. De esta forma, la Fiscalía defenderá el próximo 20 de febrero, en la vista a puerta cerrada que se celebrará en el alto tribunal, que el Supremo debe revocar el auto de la Audiencia Nacional y conceder a Parot la acumulación de los 4.799 años de cárcel -26 condenas por 82 asesinatos- en una sola pena de 30 años de cárcel. De ser así, Parot podría salir de prisión sobre 2010, tras cumplir unos 18 años efectivos de la condena, gracias a la aplicación de los beneficios penitenciarios. No obstante, la salida anticipada de prisión se puede ver frustrada de todas maneras si progresa un nuevo sumario abierto contra el ex jefe del 'comandoitinerante de ETA en la Audiencia Nacional, por hechos delictivos cometidos ya durante su estancia en la cárcel, que le podrían acarrear una nueva condena, en este caso no acumulable.