El Supremo anuló por unanimidad 133 candidaturas de ANV tras una larga noche de discusiones
El Gobierno debería haber pedido ilegalizar ANV, según el Supremo
El fallo estima que la conformación de las listas fue «gestada y dirigida» por Batasuna

Las ventanas del Tribunal Supremo estuvieron iluminadas toda la noche
El Tribunal Supremo acordó en la madrugada de ayer, por unanimidad, pero tras toda una noche de tensión y enfrentamientos entre los jueces de la sala del 61, anular las 133 candidaturas de Acción Nacionalista Vasca (ANV) impugnadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado. La sentencia no se conoció hasta unos minutos antes de las siete de la mañana, siete horas más tarde de lo previsto. El debate se eternizó por las discrepancias que plantearon algunos magistrados, partidarios de iniciar un proceso de ilegalización contra ese partido similar al que culminó con la disolución de Batasuna en marzo del 2003. Los jueces llegaron a la conclusión «inequívoca» de que todo el proceso de conformación de candidaturas de ANV «ha sido gestado y dirigido en todo momento por miembros relevantes de la extinta Batasuna» como un mero «mecanismo de sucesión», sirviéndose para ello de «elementos orgánicos de un partido legal». Exponen que la Abogacía del Estado y la Fiscalía General debieron instar la ilegalización de ANV, como hicieron con Batasuna, porque ese es «el cauce que el ordenamiento jurídico ofrece» para poder actuar en este tipo de casos. La sala del 61 admite ser competente para «apreciar la continuidad o sucesión de un partido ilegalizado y disuelto por otro partido aparentemente legal, cuya inscripción en el Registro de Partidos no haya sido hasta entonces cuestionada», caso de ANV. No obstante, señala que ese tipo de impugnaciones «sólo» pueden articularse como un trámite más dentro del proceso ejecutor de la sentencia que ilegalizó Batasuna, y no en aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg), como habían pedido la Abogacía del Estado y la Fiscalía General. La decisión de aferrarse al procedimiento contemplado en la Ley de Partidos permitió a los jueces salvar el principal obstáculo y, a la vez, les facilitó más tiempo para resolver, pues dejaron de estar vinculados a los plazos vigentes para el proceso electoral en curso -tenían hasta las doce de la noche del sábado para tomar sus decisiones-. «Conexión significativa» La sentencia señala, en sus conclusiones, que en la mayoría de las candidaturas anuladas aprecia una «conexión significativa» con Batasuna, que las «impregna de fraude». En este caso concurren «todos los requisitos» legales y jurisprudenciales exigidos para poder «apreciar continuidad y sucesión de estas candidaturas respecto de la actividad y los objetivos de los partidos políticos declarados judicialmente ilegales y disueltos, que mediante su penetración en ellas instrumentalizan materialmente el partido político ANV». La sentencia, de la que fue ponente Ángel Calderón, presidente de la Sala Quinta del Supremo, aporta una serie de pruebas. Destacan, entre ellas, el contenido de una memoria informática portátil intervenida a uno de los últimos detenidos de ETA en Navarra, que incluía listados de la izquierda aberzale con aspirantes a los comicios. Trece de ellos se presentaron en listas de ANV y AS. Los magistrados aceptaron también como «prueba» un documento incautado al dirigente de ETA Mikel Albizu, Mikel Antza, que arroga un rol relevante a ANV en la estrategia del partido radical para eludir la ilegalización. Infiltradas De todas los indicios aportados por los investigadores, el argumento de fondo para pedir la anulación de las listas es la existencia de «prueba suficiente» de que las listas de ANV estaban «infiltradas» por miembros de Batasuna. La sala del 61 destaca que la inclusión de candidatos vinculados a la coalición disuelta «revela» ese carácter «continuador», que enmarca dentro de la «asignación funcional de tareas» y el «mantenimiento de las intensísimas relaciones de jerarquía» entre ETA, sus organizaciones satélites y sus respectivos militantes o miembros. LISTAS ANULADAS LISTAS PERMITIDAS 117 ANV: 110 (no fueron impugnadas) Independientes: 7