El auto establece que sólo se pueden sancionar hechos cometidos desde el 2000
La Audiencia no considera delito mantener calles dedicadas a ETA
La Sala archivará todas las denuncias contra los alcaldes que se negaron a quitar las placas
La Audiencia Nacional archivará en las próximas semanas las nueve querellas que pesan sobre alcaldes vascos y navarros que cuentan en sus municipios con calles, parques o plazas con nombre de miembros de ETA. Los jueces de instrucción se verán obligados a adoptar esta decisión después de que ayer el pleno de la Sala de lo Penal, en una sesión monográfica iniciada el martes, decidiese por unanimidad que no comete delito de enaltecimiento del terrorismo el gobernante que no retira una placa a nombre de un etarra que fue colocada por una corporación anterior. La Sala, compuesta por 16 de los 19 magistrados que conforman los tribunales de la Audiencia Nacional, decidió abrir esta semana una discusión sobre el asunto para llegar a un criterio único y válido para todos después de que los instructores y varios tribunales no se pusiesen de acuerdo en cómo actuar ante estas denuncias. En unos casos las archivaron directamente y en otros abrieron una investigación judicial e imputaron a los alcaldes denunciados. El auto de la Sala de lo Penal, redactado por el presidente Javier Gómez Bermúdez, deja claro, en primer lugar, que dar el nombre de un etarra a una calle de un pueblo sí que constituye un delito de enaltecimiento del terrorismo o de humillación a las víctimas, pero que este delito sólo es imputable a hechos que se produjesen después del 24 de diciembre de 2000, el día en que quedó introducido este tipo en el Código Penal. Este primer consenso de la sala excluye la existencia de delito en las nueve querellas presentadas por Dignidad y Justicia (DyJ) y algunos familiares de víctimas porque todas denuncian denominaciones de calles acordadas por ayuntamientos en las décadas de los setenta y ochenta. Un acuerdo clave El segundo acuerdo de los 16 magistrados es la clave para cerrar todas las causas. Todos coincidieron en que el enaltecimiento del terrorismo es un delito que sólo se comete mediante una acción concreta y directa. Lo perpetra quien viola con su comportamiento la prohibición de enaltecer o justificar de manera pública un delito terrorista.