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El Constitucional avala la Ley de paridad del País Vasco al rechazar el recurso presentado por el PP

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efe | madrid

El Tribunal Constitucional ha avalado la ley aprobada en 2005 por el Parlamento vasco, por la que se exige a los partidos que concurran a las elecciones autonómicas a presentar listas paritarias en las que las mujeres estén representadas en un mínimo del 50 por ciento, al rechazar el recurso en contra del PP.

El Constitucional ha adoptado esta decisión, de la que ayer sólo se conoció el fallo, al desechar el argumento promovido por más de cincuenta diputados del PP consistente en que esta ley podía derivar en una discriminación para el hombre al entender que ese mínimo del 50 por ciento de mujeres podría llegar a convertirse en un máximo del 100 por cien.

Según informaron ayer fuentes de este tribunal, para el TC nunca podrá darse esta posibilidad porque la ley aprobada por el Parlamento vasco «resulta necesariamente integrada» en el artículo 44 bis de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG).

Dicho artículo, en el que el magistrado Guillermo Jiménez Sánchez centrará la ponencia de esta sentencia, establece la exigencia de una composición equilibrada de las candidaturas entre mujeres y hombres.

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