Diario de León

Condenan al líder del último comando Vizcaya a 22 años de cárcel

Publicado por
M. Sáiz-Pardo
León

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La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a 22 años de cárcel por un ataque a una patrulla de la Ertzaintza a Arkaitz Goikoetxea, el jefe del último sangriento comando Vizcaya desarticulado en julio. Es el primer proceso al que se enfrenta el cabecilla «liberado», que en breve será juzgado, entre otras causas, por el asesinato en mayo de 2008 del guardia civil Juan Manuel Piñuel en el atentado con coche-bomba de Legutiano (Álava).

Los hechos por los que ha sido condenado el etarra detenido el pasado 22 de julio tuvieron lugar el 5 de agosto de 2001 en la localidad vizcaína de Portugalete. Los magistrados consideran probado que Goikoetxea, acompañado de otros seis terroristas (cinco de ellos ya condenados por este atentado), tendieron una emboscada a una patrulla de la policía autonómica lanzando cócteles molotov contra el coche e, incluso, entrando en el vehículo. El objetivo de los atacantes, explica la sentencia, era «causar la muerte» de los policías, propósito que no consiguieron porque fueron asistidos por otros funcionarios que se encontraban en la zona.

A consecuencia del ataque, los agentes M.R. y C.G. sufrieron quemaduras de diferente consideración, por lo que Goikoetxea también ha sido condenado a indemnizar a sus víctimas, a las que no podrá acercarse durante cinco años tras su excarcelación, con 59.760 y 95.040 euros, respectivamente.

Muestras de ADN

Arkaitz Goikoetexea ha sido condenado gracias a las muestras de ADN recuperadas de una capucha encontrada en las inmediaciones de la emboscada y que fueron comparadas con el perfil genético extraído de una copa de cristal que utilizó en un bar y que fue recogida por un ertzaina que le estaba investigando. La Audiencia Nacional avala la legalidad de esta prueba de cargo que fue obtenida sin autorización judicial previa. El tribunal establece que la urgencia de la investigación y la posibilidad de que se destruyeran pruebas justifican que la intervención judicial sólo fuera a posteriori.

Además, recuerda el fallo, ha quedado probado que en ningún momento se rompió la cadena de custodia de la prueba.

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