Las falacias de ADIF y de la Junta
El pasado día 14 de septiembre se publicaba un artículo en Diario de León informando sobre el desastre que las obras del AVE están provocando en Grajal de Campos. En dicho artículo un representante de ADIF que no se identifica se limita a decir que las obras se ajustan al proyecto, mientras que el jefe del Servicio Territorial de Patrimonio de la Junta de Castilla y León, Jesús Álvarez Courel, manifiesta burlonamente que «todas la acciones están autorizadas y supervisadas por Patrimonio». Quisiera que que el Sr. Director me diera la ocasión de denunciar por este medio las falacias de ADIF y la Junta. 1) Puede ser cierto que ADIF se esté ciñendo al proyecto, pero el proyecto adolece de un vicio de origen. Resulta que la declaración de impacto ambiental donde se recogen las medidas para proteger el entorno y el Patrimonio se publico mediante resolución de 30 de enero del 2007. En ese momento Grajal no era Bien de Interés Cultural. El acuerdo por el que se declara a Grajal de Campos Bien de Interés Cultural es el 240/2007 de fecha 22 de noviembre de 2007. Es evidente que la declaración de impacto ambiental NO RECOGE las necesidades de protección a la que obliga el acuerdo de declaración de BIC por ser anterior en el tiempo. 2) De este este hecho se informó al entonces Director General de Patrimonio de la Junta, D. Enrique Saiz Martín. Quien solo se dignó contestar un año después previa intervención del Defensor del Pueblo. En aquel momento se debió de exponer de nuevo al público el proyecto y admitir alegaciones, puesto que había ocurrido un cambio muy importante desde la primera declaración de impacto ambiental. Grajal en 2007 no era BIC y en 2008 sí lo era. Pero la Junta no quiso hacer nada. Nadie quería en aquel entonces que se le achacase cualquier retraso en el proyecto. Don Enrique Saiz hizo una manifiesta dejación de funciones en perjuicio del Patrimonio. 3) También estaba al tanto del tema en Director General de ADIF, D. Antonio González Marín. El 9 de agosto de 2009 impugné la adjudicación de las obras alegando la falta de protección del Patrimonio. El Director General de ADIF, sin entrar a valorar el hecho objetivo de la obsolescencia de la declaración de impacto ambiental, me negó la legitimidad para impugnar. 4) La orden 240/2007 de la Junta de Castilla y León por la que se declara Grajal de Campos como BIC con categoría de Conjunto Histórico Artístico protege explícitamente el casco urbano, pero su punto TERCERO amplía esta protección “en aquellas dimensiones que superan los estrictos límites del casco histórico propiamente dicho, atendiendo a las necesidades de preservación de la valiosa relación existente con el medio físico en que se enclava, en el que cualquier intervención que se realice pudiera suponer una alteración de las condiciones de percepción del conjunto” Cualquiera que visita hoy Grajal, contemplará con estupor como se ha alterado el conjunto y como un paredón de más de 10 metros de altura que bloquea el pueblo y un macrovertedero de escombros de más de 150 Has. han destruido la percepción del conjunto y cualquier relación con el medio físico. Y ello a pesar de que ADIF y la Junta eran perfectos conocedores de que el proyecto viciado iba a causar esta degradación. Son por lo tanto falaces los argumentos que expone el Jefe del Servicio Territorial de Patrimonio y mezquinos los que cita el representante de ADIF. Entre ambos han consentido la destrucción de un Bien Cultural que era patrimonio de todos los leoneses. Agradezco Sr. Director de Diario de León la atención y pongo a su disposición todas las denuncias y documentos que cito para que pueda constatar cómo las autoridades han consentido, a sabiendas este despropósito.