El TC no da la razón a nadie
Panorama | antonio papell
Finalmente, ha habido sentencia del TC sobre el Esta tut, basada en la ponencia de la presidenta María Emilia Casas, gracias a la decisión de votar por bloques el texto. La sentencia es de mínimos porque salva la mayor parte del extensísimo Estatuto -”mucho más largo que la Constitución-” y, a falta de conocer el texto completo de la sentencia (que tendrá cuatro votos particulares), ya se sabe que apenas abate aquellos aspectos más chirriantes que resultaba imposible compatibilizar con la literalidad de la Carta Magna; en concreto, los referentes al poder judicial autónomo y al sindic de greuges, un defensor del pueblo propio que anulaba las funciones del original. Y la vertiente interpretativa se referirá a los aspectos económicos más controvertidos -”la bilateralidad pretendida por Cataluña-” y, previsiblemente, a la prevalencia del catalán y a los símbolos nacionales. El Tribunal estima que el preámbulo, en el que se afirma que el parlamento catalán cree que Cataluña es una nación, «carece de eficacia jurídica» En cierto sentido, la sentencia es salomónica puesto que no da la razón a nadie: ni a quienes pretendían salvaguardar la totalidad del Estatut ni a los que veían en él una norma imposible de encajar en el marco constitucional. Con esta sentencia, proveniente de los mencionados equilibrios, será difícil que los partidos la exploten políticamente ya que parece evidente que los magistrados del Constitucional se han limitado a podar las ramas más extremas de la fronda estatutaria, que fue fruto de un proceso de redacción desatinado y cargado de excesiva radicalidad, que no se pudo reducir del todo en los sucesivos filtros que tuvo que pasar. Parece innecesario decir que la sentencia debe ser acatada por todos los partidos democráticos. Y sería muy positivo que quienes piensen que el Tribunal Constitucional, una institución que forma parte del entramado fundacional del régimen y que ostenta por tanto plena legitimidad para hacer lo que ha hecho, ha mutilado una parte de las aspiraciones nacionalistas, centrífugas, de la sociedad catalana, opten por reconocer que, como algunos avisaron, el camino para tal recorrido no era la reforma del Estatut: algunos aspectos del proyecto inicial defendido por Maragall no eran posibles sin una previa reforma de la Constitución. Se pensó que esta propuesta era demasiado ardua y quizás inviable, pero la opción alternativa, el Estatuto desencajado y extremoso, ha terminado como era inevitable: supeditado a la Ley Fundamental, que por voluntad de todos impera sobre todas las demás.
Las formaciones nacionalistas han mostrado ya su indignación por el hecho de que el TC haya modificado «lo votado por el pueblo de Cataluña» y han tomado una serie de decisiones melodramáticas ante una sentencia que afirma textualmente en reiteradas ocasiones, en aras del consenso, «la indisoluble unidad de la nación española». Con independencia de que esta frase proviene precisamente de la Constitución, es ahora pertinente controlar el conflicto, y a ello deben contribuir los grandes partidos centrales de Cataluña. Sin perjuicio de que, después de este doloroso parto, y al tiempo que se renueva el Tribunal, se hagan la pertinentes reformas legislativas para que, entre otras cosas, el dictamen de constitucionalidad sea siempre anterior al refrendo popular de los textos estatutarios.