TRIBUNA
Cambio de papeles; cambio de función
Cuando Quevedo analiza La vida de la Corte —(hay que volver a los clásicos cuando son actuales)— define a las profesiones no por su nombre sino por su función. Y de los jueces dice que están en los tribunales, no en las leyes; de la vergüenza, perdida y pocas veces hallada; de los sufridos, particularmente son haraganes y enemigos del trabajo…. Es decir que pocas veces se corresponde la función —o el prosopón— con el papel que deben de desarrollar.
Y en la vida actual ocurre tres cuartos de lo mismo: el enfermero quiere hacer la función del médico (recetar), el profesor a secas, catedrático; el juez quiere ser legislador, el dirigente sindical quiere mandar en la empresa, las minorías dirigir, etcétera. Es decir todos quieren tener algún poder que no les corresponde. Ya se sabe que existen —o deben existir— los tres poderes clásicos; pero se han entremezclado tanto que cada uno de ellos excede de los demás. Se sabe que a los medios de comunicación se les ha denominado cuarto poder; pero, por lo visto, ha aparecido otro poder: el denominado quinto poder o el poder de la calle al que se le ha dado pábulo y que en sus pancartas se autodenomina pueblo. Cuando oigo hablar en nombre del pueblo me echo a temblar, pues cualquier mentecato amarra una bandera y blandiéndola grita en nombre del pueblo. Como se puede observar una minoría —muy minoría— reprocha a los representantes de la sociedad que no les representan. Entiendo que los que se agarran a esas pancartas pertenecen a los que hoy los psicólogos llaman querulantes o manejadores de la reivindicación constante. Dije en otra ocasión —«La Justicia y su eficacia»— que este poder no está constitucionalizado, pero admitido hasta un determinado nivel de agresión y que estas manifestaciones de las minorías en las calles siembran el temor, la autoridad —poder ejecutivo— no quiere o no pude actuar; los jueces no actúan por falta de denuncia y los medios de comunicación se dividen, jalean o critican. Y ha de decirse claramente que no se trata de una reivindicación que emerja de la realidad social sino desde una influencia ideológica. Y las ideologías tienen su cauce constitucional —es decir, legal— a través de la representación política. Guste o no es lo que hay. De forma que cada uno asuma su papel. Se ve con claridad que al haber perdido el voto, rompen la baraja y quieren otra.
Como lo que digo no es políticamente correcto se me tildará de retrógrado o yo que sé cuantos insultos más; (al presidente de Banco de España por pretender una reforma laboral, un sindicalista le dijo que se fuera a su p… casa). Si, por ejemplo se aparece en una manifestación en la que hay banderas de todos los colores y uno lleva una blanca con la inscripción E=mc2, pero quien la porta se viste de traje clásico y corbata, será abucheado al grito de facha, explotador o no sé cuantos improperios más.
Y lo mismo ocurre en el ámbito sindical —tan en boga en estos días— cuyo papel parece que se excede de su función. Es cierto que el sindicato ha sido constitucionalizado como institución del Estado. Pero bien claro se dice en el artículo 7 de la CE que «contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios». La polémica surge al pretender definir este concepto jurídico indeterminado que es la expresión «que les son propios». Y nos preguntamos ¿Es propio de los sindicatos exigir o dictar leyes? ¿Es propio de los sindicatos actuar de consejeros en las cajas de ahorro? ¿Es propio de los sindicatos opinar sobre la organización del Estado? ¿Es función sindical decidir sobre las leyes que se redactan en el Parlamento? El sindicato, por tanto, se excede de sus funciones y desde la reivindicación histórica frente a las condiciones de trabajo en la empresa se ha enfrentado al propio Estado a través de la oposición a la reforma de las leyes en las Cortes o a las decisiones del Gobierno. Esto es, un exceso de función y un cambio de papeles.: y como se sabe, la soberanía nacional reside en el pueblo, pero solamente si este pueblo está representado en los poderes del Estado. Fuera de ellos no hay otros poderes. Puede la que se denomina sociedad civil, coadyuvar a que se cumplan las funciones de este Estado, en que cada cual tenga el lugar que le corresponde, y dejémonos ya de pancartas en las que se lee «somos el pueblo» Pues ya se sabe que cuando el papel no se corresponde con la función se produce la disfunción o el caos.
Esta extralimitación, aconsejada en varias normas, puede a veces enriquecer las decisiones de los Poderes del Estado, pero como ya he dicho en varias ocasiones no les faltan a los regidores del Estado Consejos —Económico y Social, Consejo de Estado, etcétera— ni consejeros para tomar decisiones y les sobra oportunidad de consulta al sindicato que , por cierto, únicamente representa o «contribuye» a los asuntos que les son propios, usando y abusando de una herramienta decimonónica y retrograda como es la huelga. Huelga que ya no se ejerce contra la empresa sino contra las decisiones del Estado. Un sindicato moderno debe de actuar con métodos actuales y eficaces y no usar la consabida manifestación , el pancartismo y los lábaros alegales (véase las banderas republicanas), extrañas a las funciones que tiene encomendadas. Porque parece que el sindicato quiere estar en todas las facetas de la sociedad, lo que devendría en un Estado socialsindicalista. Pero aún así, desde la actividad sindical —como derecho— la norma exige una responsabilidad —como deber— (artículo 5.1 Ley O.11/1985) por los actos de sus órganos; de la que no se tiene conocimiento que se hubiere pedido en alguna ocasión.