Diario de León
Publicado por
Isidoro Álvarez Sacristán. Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación
León

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El día 7 se celebró la festividad de San Raimundo de Peñafort, patrono de los juristas. Figura a la que se debe de seguir, sobre todo si se quiere tener en cuenta el Derecho natural, base de toda argumentación razonable y cimientos de todas las construcciones del mundo jurídico. Vaya por delante que cuando hablamos de «mundo jurídico», nos estamos refiriendo a la estructura de los poderes del Estado y que, como es sabido deben de ser independientes y que, al aplicar las teorías del de Peñafort en la Summa Iuris ,el derecho natural radica en las fuerzas de las cosas, presión que ha de hacerse en esa separación de poderes que es connatural con el devenir de la organización social.

Nuestro patrono se llevaría las manos a la cabeza —quizás ocultada por su manto de dominico— si viera como hoy, en España, el poder judicial está mediatizado por el poder político. Porque la llamada «política judicial» no puede ampararse en una judicialización política. Y no saldría de su asombro cuando se oye hablar de «izquierda judicial» o de «derecha judicial». Sorpresa se llevaría si al inicio del siglo XXI se aplicasen las teorías del siglo dieciocho y se dividieran los jueces en «progresistas» y «conservadores». Casi siempre quienes hacen esta clasificación son aquellos que desearían que en la sociedad existan clases, permanentemente anclados en ideas y terminologías caducas. Tales apellidos causan rubor a los justiciables y por ese camino se llegará a decir que una sentencia es de derechas o de izquierdas. Por eso, creemos que nuestros juristas —los dedicados a ejercer de jueces— no se pueden dejar contaminar por la ideología, pues en una sociedad democrática no se pueden dejar llevar por el poder más influyente ni por la ideología de moda, sino que el Poder Judicial, debe pasar por los siguientes parámetros: un Poder vigilante de la norma, un función tuteladora de la justicia y , si se quiere, el cumplimiento de ese «instinto natural» del que hablaba el de Peñafort.

Cuando el dominico se refería al derecho natural como al «derecho de gentes» lo hacía como exigencia del uso y las necesidades de los hombres y que, pasado el tiempo, se convirtió en fuerza del Derecho para la sociedad y su construcción como Estado. Y por eso, nuestros juristas —y sobre todo nuestros jueces— deben de tener un sentido de Estado al dictar sus resoluciones. Y no se trata solamente de un sentido profesional —a la manera del funcionario— ni una formación ex libris de un pseudointelectual, sino que los juristas dedicados a dictar justicia de una forma independiente y precisa, lo que para Eugenio D’ors era nobleza de la labor bien hecha. Causa extrañeza que algunos jueces jueguen a la política o se dejen llevar por el denominado «uso alternativo del Derecho», esto es, aplicar la norma de acuerdo con la ideología no de acuerdo con la ley. O dejarse llevar por la contaminación sociológica o, mucho peor, por la presión de la calle. Causa perplejidad que una sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional justifique una huelga intermitente en un servicio público —como es Correos— porque no se hubiera decidido si aquella era legal o ilegal, pasando por encima del sentido de Estado —es decir del derecho de gentes— la decisión de un sindicato minoritario y apátrida.

Y ya que hablamos del sindicato, la institución actual —quiero decir retrógrada y decimonónica— va en contra de aquel Derecho de gentes de San Raimundo, debe de cohonestarse en su misión de defensa de intereses. Y es imposible que apoyase a la destrucción del interés propio de los trabajadores a través de su misma organización. Porque parece entenderse que la misión de los sindicatos actuales españoles es el tan traído y llevado derecho de huelga, por el cual se llenan las calles de banderas y carteles, se interrumpe la circulación de todos los ciudadanos y, como dice el Tribunal Constitucional, se produce una «perturbación productiva» que, en definitiva redunda en perjuicio de todo el mundo del trabajo. Porque la huelga ya no es en contra una determinada empresa sino que se trata de una convocatoria general —digamos contra el Gobierno y por ende contra la estructura del Estado— que produce un desequilibrio social y una repercusión en otros ámbitos. La huelga así convocada trasciende de lo jurídico y se traslada a un estadio sociológico; digamos, a lo que Alain Touraine llamó una «acción obrera» que no es una simple presión de condiciones de vida sino un apoyo para los sentimientos que, como tales, son perfectamente manipulables por la ideología más totalitaria y antidemocrática. Unas acciones sindicales que bajo la égida de una minoría subvencionada con los impuestos se aleja del bien común y de las normas internacionales; pues la propia OIT ( Organización Internacional del Trabajo) dice que las limitaciones de la huelga solo debería salvaguardar «el orden político y el interés general». Sobre todo en época de crisis, ya que una huelga no puede ir en contra de los intereses esenciales para la vida presente y futura de la sociedad, pues a la larga perjudica más a quien la provoca que a quien la soporta.

También decía el de Peñafort que el Derecho natural debería de estar presidido por la equidad en la relaciones jurídicas y que los juristas lo llaman «ponderación» en la actuación jurídica. Y no concurre este principio general del Derecho en la promulgación de las Ley de Tasas Judiciales —que tanto malestar ha causado en el mundo jurídico— que si bien se reduce la cuantía en el ámbito del orden social, se generaliza en el orden civil y contencioso-administrativo (léase reclamación de deudas o de multas de tráfico). A través de este método se vulnera el principio de la equidad que pretende, ni más ni menos, que la determinación del Derecho justo.

También se decía por el Patrono que el Derecho natural es aquel que da lugar a cierto estímulo «que proviene de la sensualidad, que hace apetecer, procurar o educar». Síntoma de ello es la decisión de los dirigentes políticos de mandar, seducir, conducir; para ello necesitan de colaboradores, equipos, etc. Fijándonos en nuestra Comunidad de Castilla y León es posible que se sientan tan apegados a lo «natural» que ven consustancial con el Derecho la asunción de varios consejos. Así el denominado Consejo Económico y Social lo componen 38 asesores para que la Junta no yerre en sus decisiones; pero además se apoya en el denominado Consejo Consultivo compuesto por 46 miembros, entre ellos nueve letrados. De tal forma que al número de expertos, letrados, asesores y funcionarios, otros órganos numerosos y de distintas capacidad jurídica deben velar por la pureza de las decisiones administrativas; si a pesar de tanta burocracia no aciertan es que los políticos están alejados de la realidad y, sin seguir al Santo, de la naturaleza de las cosas, sin que se lleve a cabo lo que se añoraba por San Raimundo: «la disputa de los prudentes».

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