Diario de León

TRIBUNA

Enseñanza de religión: por qué yerran los laicistas

Publicado por
Juan Ignacio Sánchez Pérez catedrático de Lengua y Literatura del IES Padre Isla
León

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H ace unos días, en estas mismas páginas del Diario de León, publicaba un artículo titulado El reino de Dios: la religión en las aulas y en la democracia Miguel Ángel Castro Merino, compañero de claustro, a quien mucho estimo como persona y como profesional y con quien en ocasiones he debatido en público, aunque menos de lo que a mí —y creo que también a él— me hubiera gustado.

La tesis que defiende es la supresión definitiva de las clases de Religión en colegios e institutos y para ello, renunciando a los argumentos clásicos de la necesidad de los contenidos de esa materia para la formación integral de los alumnos, se refiere al procedimiento de acceso a la docencia de los profesores de religión, que no es el sistema de oposiciones, como para los demás profesores. Tal desigualdad, según él, afecta gravemente a la estructura de la democracia. En el supuesto de que conviniera en ello con él —que no convengo—, lo que es completamente inaceptable es culpabilizarlos, como si fueran ellos los legisladores, e imputarles el supuesto incumplimiento de los cánones democráticos, como si en su mano estuviera presentarse o no a las oposiciones para la asignatura de Religión. Ni es justo eso ni tampoco acusarlos de interferir las demás actividades normales. ¿Quién decide cuáles son normales y cuáles no?

Y es que el autor no distingue, sino que liga esencialmente, dos cuestiones que son de naturaleza diferente: la inclusión de la enseñanza de la religión en el sistema educativo y el procedimiento de contratación de los profesores de religión. Si lograra demostrar —que, a mi juicio, no lo logra— que el procedimiento es injusto, de ello no se puede inferir que se deba prohibir la enseñanza de la religión.

Tampoco distingue entre la necesidad de enseñar valores éticos, que por su propia naturaleza afecta a todos los saberes en tanto concierne a todas las dimensiones del ser humano (y por tanto ha de tener la condición de materia transversal) y la enseñanza de la ética como disciplina filosófica. No es menester, por obvio, esforzarse en demostrar que la religión cristiana comprende los más altos valores éticos: precisamente el núcleo de la predicación de Jesucristo es el amor de Dios Padre, que, acogido por los hombres, sus hijos, los impele a amar a todos los hombres como hermanos, incluso a los enemigos, a perdonar siempre y a gastar la vida en el servicio al prójimo.

No cabe duda de que la asignatura de Ética tiene que formar parte del plan de estudios (currículo lo llamamos ahora), pero eso no significa que en las demás —creo que en todas y de manera especial en la de Religión— no hayan de tratarse los aspectos morales.

En una cosa estoy de acuerdo con mi colega: no se debería ofertar la materia de Valores Éticos como alternativa de la de Religión, pues creo que ambas son imprescindibles para una formación completa. Sería mejor que los alumnos (o sus padres) escogieran entre Religión confesional y una asignatura de Religión a secas, cuyos contenidos fueran el hecho religioso, sus dimensiones psíquica y social, las religiones y su historia.

Si la enseñanza escolar de la Religión se prohibiera, estaríamos privando a nuestros alumnos del conocimiento y la reflexión sobre una dimensión antropológica esencial. ¿O es que se puede negar que la experiencia religiosa sea una realidad profundamente enraizada en el hombre, inherente a la condición humana? ¿Es que acaso son suficientes las referencias —que difícilmente llegarían a ser contenidos sistemáticos y de totalidad—que se puedan hacer en otras asignaturas? ¿O es que, más bien, se pretende obviar la dimensión religiosa del hombre o reducirla a la concepción laicista y, escudándose en la no confesionalidad —que no es laicismo—, que la imponga el Estado? ¿No es mejor ofrecer posibilidades, sumar, incluir y abrirse al diálogo, que trazar un solo camino, restar, excluir y reducir el fenómeno religioso meramente al ámbito de lo íntimo, de lo privado, cuando es un hecho también comunitario, social e histórico?

A debatir estas cuestiones, que son capitales, renuncia mi colega. Prefiere únicamente denunciar el procedimiento de provisión, que considera antidemocrático y anticonstitucional, y —no sé con qué nexo lógico— descalificar directamente a los profesores de Religión, «cuyo reino no es de este mundo», dice. Pertenecen al reino de Dios. ¿Qué entenderá él por reino de Dios? Yo creo que sí sabe bien qué es, pues su formación religiosa es sólida, pero le conviene para apoyar su tesis pervertir el concepto e ironizar con él.

Su artículo no se anda con sutilezas para elegir los adjetivos valorativos: oscura, como la tela de sotana de sus ministros, dice de la selección de los profesores; ignominiosa llama a la supuesta discriminación; cómplice a la relación Iglesia-Estado; sospechosos y anacrónicos a los concordatos con la Iglesia (¿qué concordatos?). Menos mal que se cura en salud al comienzo, cuando advierte que no pide la quema de crucifijos ni la destrucción de las iglesias, cosa muy de agradecer, pues ya hace tiempo que algunos, si no queman o destruyen, sí profanan templos y ofenden a los cristianos (con los musulmanes no se atreven, claro), casi siempre impunemente o con muy leves consecuencias. Pero sí se permite descalificar y calumniar a los profesores de religión. Los acusa injustamente y los condena por hechos de los que no son responsables. Ellos, sencillamente, realizan su labor, muchas veces en situaciones difíciles, vistos a los ojos de algunos compañeros como sospechosos, intrusos o culpables. Y para ello acceden legalmente a su puesto de trabajo por la vía que el ordenamiento jurídico establece, que es el mismo que para los demás profesores interinos, excepto en que la propuesta la hace el responsable de la confesión religiosa. En lo que sí hay desigualdad es en que se les obliga a ser interinos permanentes, haciendo real esa contradicción in terminis. Ciertamente se puede discutir si esa vía es la más conveniente o razonable. Debátase. Pero no es en modo alguno admisible acusarlos de inmiscuirse en la educación estatal.

¿Qué significa educación estatal? La educación es cosa de toda la sociedad, empezando por la familia y las demás instituciones sociales. En una sociedad plural, en la que cabemos todos —creyentes o no, de unas u otras ideologías, cultura, costumbres, orígenes…— al Estado le basta con garantizar el derecho a la educación y regular los deberes de unos y otros asegurando el mínimum que exige el bien común, pero no arrogarse el papel de educador único y aún menos imponer un modelo uniforme de educación.

Por cierto, la enseñanza de la religión se da en todas las naciones de Europa, salvo en Francia. En unas es obligatoria —como en Alemania, Finlandia o Reino Unido— y en otras optativa —como en Holanda, Italia o España—, y en la mayoría de ellas los profesores son propuestos o, al menos, autorizados por las confesiones religiosas, que también proponen o visan los currículos.

La escuela pública, por definición, es para todos. Aquí cabemos todos. Nadie tiene por qué renunciar a nada que sea legítimo. Porque lo público no se funda en universalidades asépticas, sino en sistemas preponderantes de valores e ideales, o bien impuestos por un solo grupo u hombre (en los regímenes totalitarios), o bien como resultado de un diálogo razonable y constructivo que busca el bien común, como debería ser en los estados democráticos. La educación pública es de todos y, por eso, ha de dar cabida a la diversidad humana, cultural, religiosa, política, etc., procurando que cada uno pueda desarrollar sus capacidades sin exclusiones y sin imposiciones. La única condición es que entre sus objetivos primordiales esté el de perfeccionar en los alumnos su capacidad reflexiva y el análisis y el espíritu crítico.

Si es así, nuestros niños y jóvenes podrán ejercer con conocimiento y libertad su condición de personas y de ciudadanos responsables.

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