Diario de León

Una mirada crítica a la Ley Trans

Publicado por
Gema Villa Bermejo
León

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Es de agradecer el espacio que destina Diario de León para reflexionar públicamente sobre la propuesta de Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI; una ley que, como ha ocurrido con las homólogas de las comunidades autónomas, ha querido pasar de tapadillo, queriendo hurtar a la sociedad un debate amplio, abierto y bien informado. La prueba es el procedimiento que ha seguido, de urgencia, sin consulta a especialistas y limitando el debate a una comisión y no al pleno del Congreso. Es también una ley muy represiva que impone, en su articulado, una mordaza bajo graves sanciones a toda persona que opine en contra o que informe sobre consecuencias que la ley no contempla.

Las feministas llevamos desde el año 2018 alertando de las posibles consecuencias de estas leyes que permiten la modificación del sexo registral (hombre–mujer) tras una autodeterminación de género.

Conviene, en primer lugar, aclarar los conceptos de sexo y género que tantas veces, intencionadamente o no, se confunden, se ocultan o se entremezclan. El sexo es una condición biológica. Nacemos hombres o nacemos mujeres. Son hombres quienes poseen los cromosomas XY, y un aparato reproductor encargado de aportar los espermatozoides en la reproducción de la especie, y mujeres quienes poseen los cromosomas XX, aportan el óvulo y tienen la capacidad de gestar a una nueva criatura de la especie; aunque, como en todo proceso biológico, se presenten variaciones cromosómicas o funcionales muy minoritarias que no invalidan la realidad de los dos sexos. Podemos añadir que el sexo está en cada célula de nuestro cuerpo y que es inmutable.

El género, en cambio, es un conjunto de normas convencionales de conducta y estereotipos que, aunque varían según las sociedades (el fútbol europeo que ha excluido a las mujeres hasta hace cuatro días está considerado un deporte femenino en los Estados Unidos), en todas ellas han establecido la jerarquía entre los sexos condenando a las mujeres a la subordinación.

Por eso, el feminismo radical, tanto el histórico como el actual, siempre ha defendido que los géneros sean abolidos, para que no encorseten ni limiten el libre desarrollo de cada persona.

Esta propuesta de ley, sin embargo, permite que la autodeterminación de género conlleve un cambio de sexo registral (mujer–hombre), confundiendo ambos conceptos y un deseo con la realidad.

Este es el primer punto crítico de la ley que en su artículo 38.1 establece que «toda persona de nacionalidad española mayor de dieciséis años (de 12 a 14 por decisión judicial y de 14 a 16 con la colaboración parental) podrá solicitar por sí misma ante el Registro Civil la rectificación de la mención registral relativa al sexo». No es necesario ningún requisito más que el deseo personal para cambiar de sexo en el DNI y la decisión se puede revertir sin límite, dejando pasar 6 meses desde el cambio anterior.

Para las mujeres esto es un ataque frontal a sus espacios, a su seguridad y a algunos logros conseguidos con gran esfuerzo, ya que el nuevo DNI con la categoría de ‘sexo mujer’ permitirá que hombres biológicos puedan ocupar los espacios reservados a las mujeres en baños, gimnasios, habitaciones de hospital, cambiadores, saunas, listas cremallera o cárceles; también podrán eludir el ser condenados por crímenes machistas y competir en las categorías femeninas de cualquier deporte si bajan el nivel de testosterona pero manteniendo sus ventajas físicas de fuerza y musculatura, si la federación deportiva correspondiente lo aprueba.

Habrá que buscar la forma de conseguir una sociedad en la que todas las personas se puedan expresar sin coacciones y vivir su sexualidad libremente, sin por ello retorcer, invadir y a la larga borrar la categoría sexo, un dato esencial en las especies de reproducción binaria como es la humana. Recordemos, en este punto, que, a pesar de los avances, en nuestro país todavía persisten graves discriminaciones en función del sexo. ¿Cómo se detectarán y se corregirán si se mezclan sexo y género? Recientemente hemos sabido, por ejemplo, que en el tercer trimestre del año en curso, en España, la ocupación en el empleo ha aumentado en 77.700 personas pero que en realidad es la de hombres la que ha aumentado en 138.400, mientras que la de mujeres ha disminuido en 60.700. Esta información, que resulta esencial para seguir avanzando en igualdad, no la tendríamos si se modifica o se pierde la categoría sexo.

El segundo punto crítico es que la propuesta de ley admite lo que ninguna otra ley permite: la capacidad de las y los menores para tomar decisiones graves que afectarán a toda su vida. Permitir el cambio registral de sexo a menores de edad por inadecuación a las normas del género correspondiente lleva consigo, en un alto porcentaje, el empezar tratamientos lesivos, hormonales y quirúrgicos, cuya gravedad y número creciente está haciendo que varios países de nuestro entorno estén dando marcha atrás en leyes similares.

Así, desde el año 2020, Reino Unido y Suecia han incluido obligatoriamente a profesionales de la salud y de la psicología en la trayectoria de atención al menor; Francia ha obligado a informar con objetividad sobre los riesgos para la salud que implican los tratamientos; Nueva Zelanda ha protegido a las y los profesionales de la salud para que puedan realizar la valoración y atención de carácter exploratorio con libertad y sin amenazas reconociendo, además, la necesidad de abordar otros posibles trastornos de manera integrada con la disforia de género ya que se estima que más del 90% de adolescentes que se identifican como trans presentan una o varias situaciones de malestar psicológico previo.

¿No tiene nada que decir al respecto la fiscalía del menor en nuestro país? Las feministas y cada vez más especialistas de todo tipo se manifiestan en contra de este maltrato. ¿Quién va a responder por las consecuencias que van a padecer parte de estos menores? ¿Tendremos que pagar indemnizaciones con el dinero «público» como ya está ocurriendo en otros países como Reino Unido y Suecia?

Prudencia y espera atenta, acompañamiento y soporte profesional son los consejos de un número cada vez mayor de profesionales y especialistas.

A la reflexión prudente y sosegada, tan necesaria en una ley que trata temas de gran sensibilidad, no contribuye el espíritu represivo de la ley, ni el procedimiento de urgencia que se ha seguido, ni tampoco la virulencia con la que algunos de sus defensores insultan y descalifican a quienes criticamos algunos aspectos de la ley.

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