TRIBUNA
Otra vez la cuestión territorial
A LOS GRANDES problemas que de verdad preocupan a los españoles según las encuestas demoscópicas (terrorismo, paro, inmigración, vivienda...), se ha unido desde hace algún tiempo uno nuevo, bien es cierto que aún no lo es para la mayoría de la ciudadanía, pero que, sin embargo, ocupa ya hoy buena parte de la dedicación de la clase política. Me refiero a la cuestión territorial que, entendida como el proceso de reforma de los estatutos de autonomía, iniciado por el fallido Plan Ibarretxe y continuado con los correspondientes a las comunidades Valenciana y de Cataluña -en estos momentos en trámite ante las Cortes españolas-, está siendo abordado con uno u otro ritmo por el resto de las comunidades autónomas, de manera que, aunque a estas alturas aún no se haya percibido totalmente la importancia del proceso, sin duda la tiene, como se comprueba con solo reparar en el contenido de los documentos que, habiendo alcanzado ya un cierto grado de madurez en la tramitación, permite intuir las consecuencias de la reforma estatutaria en que estamos inmersos. Aun intentando evitar en lo posible los tecnicismos, que no serían apropiados a este lugar, es necesario advertir, en primer término, que las líneas maestras que dan soporte a la propuesta de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña tal y como fue aprobada por el Parlamento catalán, sin perjuicio de las alteraciones que sufra a su paso por las Cortes Generales, trascienden a los intereses de esta comunidad autónoma, hasta el punto de condicionar el propio modelo de Estado autonómico, del que, es evidente, son parte integrante el resto de nacionalidades y regiones de España. Así ha de ser considerado el tratamiento que la citada propuesta depara, por ejemplo, al tema competencial, lo que en el lenguaje al uso se viene denominando «blindaje de competencias», mecanismo en el que es fácil reconocer una especie de Loapa invertida, de la que resultará la delimitación de los ámbitos competenciales del Estado a través del Estatuto de Autonomía de Cataluña. Pero, más allá de éste, son muchos otros los asuntos que, como el reconocimiento de ciertos derechos fundamentales en un Estatuto para los ciudadanos de esa comunidad autónoma, o los presuntos derechos históricos de la misma como fundamento de ciertos regímenes especiales frente a otras, o, en fin, por no hacer más extensa la relación, la previsión de un modelo de financiación en el Estatuto de difícil extensión a otras regiones, trascienden a la propia comunidad autónoma que propone la reforma, pero cuya importancia para el país en su conjunto es indudable, la cual, por cierto, se va a ver acrecentada por el efecto emulación que, sin duda, producirá en el resto de comunidades autónomas, como una manifestación, otra vez, de la regla del «café para todos», que ya inspiró, como se recordará, el nacimiento mismo del Estado autonómico a principios de los años ochenta e, invariablemente, ha sido seguida en los procesos de reforma estatutaria habidos en la década de los noventa. Lo dicho no resultaría inquietante si el punto de partida -la propuesta de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña- fuera impecable desde el punto de vista constitucional y, además, el modelo que contiene permitiera ser incorporado a las reformas de los estatutos de autonomía del resto de comunidades autónomas, sin que por ello se viera afectada la función niveladora entre las distintas regiones de España que ha venido desempeñando el Estado hasta ahora, con indudable efecto positivo en la cohesión social del país. Sin embargo, en mi opinión, el texto de la reforma propuesto, con independencia del resultado final tras su paso por el Parlamento de la nación, alberga suficientes motivos para tener dudas razonables respecto a su encaje constitucional, lo que podría poner en peligro la continuidad misma del sistema autonómico, peligro acrecentado si, como resulta legítimo, el resto de comunidades autónomas aspiraran -como así ocurrirá- a disponer de un Estatuto de autonomía de contenido similar al aprobado para Cataluña. Los riesgos que se corren de transitar por ese camino son, a mi juicio, muchos y de indudable incidencia en la vida diaria de los ciudadanos -de ahí que antes llamara la atención sobre el problema que plantea la cuestión territorial-, por ello considero que nuestros representantes políticos han de cambiar el rumbo tomado hacia otro que es, paradójicamente, perfectamente conocido, rumbo que, además, ha permitido realizar una Transición ejemplar desde un régimen autocrático a un Estado de Derecho, así como la conversión de un Estado centralizado en otro caracterizado por una amplísima descentralización política y administrativa y que, por último, tampoco ha sido ajeno a las altas cotas de desarrollo económico y social alcanzado en los últimos veinticinco años. Ese camino que reivindico no puede ser otro que el de el consenso constitucional que, por encima de coyunturas políticas, por muy apetecibles que resulten desde la óptica partidaria, ha servido para poner en la misma dirección a los dos grandes partidos políticos con vocación y posibilidades de gobernar en España a la hora de diseñar la organización territorial del país, y en su haber hay que anotar como resultados los notables éxitos del Estado autonómico. Si por este camino nos ha ido bien, al menos en la cuestión territorial, por ser este el tema que nos ocupa, el gobernante, por prudencia, debería recapacitar antes de tomar otro en el que, con toda probabilidad, no va a encontrar a casi la mitad de los españoles.