Diario de León

Menos de seis meses de espera para operarse de cardio, cataratas y prótesis

El tiempo máximo será de obligado cumplimiento para las comunidades autónomas

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efe | madrid

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El Gobierno aprobó ayer el Real Decreto que establece un tiempo máximo de espera en las prestaciones del Sistema Nacional de Salud, que no podrá exceder de 180 días naturales para las intervenciones quirúrgicas de cirugía cardíaca valvular y coronaria, cataratas y prótesis de rodilla y cadera. El texto fija por primera vez un tiempo máximo de espera, que no podrá excederse, para intervenir quirúrgicamente, y será de obligado cumplimiento para las comunidades autónomas, afirmó el Gobierno. El tiempo máximo se contabilizará desde la fecha de entrada del usuario en el registro de lista de espera.

El portavoz del Gobierno, José Blanco, aseguró que el Real Decreto reafirma el principio de equidad, de tal forma que el tiempo de espera para determinadas intervenciones quirúrgicas será el mismo «viva uno donde viva» e insistió en que es «una muy buena noticia» para los ciudadanos. Además, la norma se irá ampliando en el futuro para limitar progresivamente el tiempo de espera para atender consultas externas o realizar un procedimiento diagnóstico o terapéutico a un usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS).

Blanco explicó que el Real Decreto, aprobado a propuesta de la ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín, es fruto del acuerdo alcanzado con todas las comunidades autónomas en el Consejo Interterritorial de Salud, celebrado el 18 de octubre del 2010. La norma define, asimismo, la garantía de tiempo máximo de acceso como el compromiso adquirido por el Servicio de Salud de la correspondiente comunidad autónoma para atender al paciente con la calidad adecuada dentro del tiempo máximo de acceso establecido. La garantía de tiempo máximo de acceso será de aplicación a la atención sanitaria por la que se incluye al paciente en el registro de lista de espera. Por consiguiente, no se considerará objeto de garantía la atención sanitaria que sea diferente a la que, en su momento, originó la entrada del paciente en la lista de espera. Para establecer de los tiempos máximos de espera en determinadas intervenciones quirúrgicas se han aplicado tres criterios. El primero de ellos, la gravedad de las patologías motivo de la atención. Así, se trata de patologías que en su evolución posterior originan riesgo de muerte o de discapacidad o disminuyen de forma importante la calidad de vida.

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