Primera condena a una madre por una ablación practicada fuera de España
La extirpación fue detectada en una revisión médica a la niña en Barcelona.
La Audiencia Nacional condenó a dos años de cárcel a una madre, originaria de Senegal, por someter a su hija a una ablación en su país, que fue detectada en una revisión médica a la niña en Cataluña cuando la mujer y sus hijos llegaron a España en el 2010.
Se trata de la primera sentencia impuesta a una madre por una ablación realizada fuera de España, ya que existe una condena de la Audiencia de Teruel a unos padres originarios de Gambia, que fue confirmada en diciembre por el Tribunal Supremo. En esta nueva resolución, de la que ha sido ponente Carmen-Paloma González Pastor, se condena a la madre a indemnizar a la niña con 10.000 euros y se le impone una pena de dos años por el delito de lesiones en su modalidad de mutilación genital, inferior a la de siete años solicitada por el fiscal.
La sección cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional impuso una pena menor al entender que la madre desconocía que la ablación fuera delito en España, ya que tras ser informada durante la revisión médica de que su hija había sido mutilada reaccionó con «total normalidad, con indiferencia y sin sorpresa».
Por ello, el tribunal le rebaja la pena en dos grados en aplicación de «un error de prohibición», ya que, según la Sala, «no cabe la menor duda de que la respuesta del ordenamiento penal no puede ser la misma a quien, a sabiendas, infringe una norma penal».
Según el relato de hechos probados por la Audiencia Nacional, la mujer, F.D., llegó a Cataluña en el 2010 con sus cuatro hijos después de que su marido, en España desde 1999, consiguiera un permiso para reagrupar a su familia. El 16 de agosto del 2010, todos ellos acudieron al centro de atención primaria de Premiá de Mar (Barcelona), donde el médico apreció que a la niña se le había extirpado el clítoris y presentaba como secuelas sinequia o adherencia de labios menores, que precisará tratamiento quirúrgico.