Diario de León

El juez condena a Ortega Cano a dos años y medio por el accidente mortal

Invalida la prueba de alcoholemia por irregularidades en la cadena de custodia.

El abogado de Ortega Cano, Enrique Trebolle.

El abogado de Ortega Cano, Enrique Trebolle.

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C. Cuerdo | (Colpisa) sevilla

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José Ortega Cano deberá ingresar en prisión por provocar el accidente mortal de tráfico en el que murió Carlos Parra. El juzgado de lo Penal 6 de Sevilla condenó ayer al torero a dos años y medio de cárcel por un delito de homicidio imprudente por conducción temeraria, aunque el fallo apunta a que la causa no fue la ingesta de alcohol sino una desatención por quedarse dormido o por una falta de reflejos por el cansancio acumulado. El diestro deberá pagar además una indemnización de 170.000 euros a la viuda, los hijos y la madre de la víctima, y se le retira el carné de conducir durante tres años y medio.

La sentencia da por bueno que la fatídica noche del 28 de mayo del 2011, Ortega Cano circulaba por la carretera comarcal A—8002 a 125 kilómetros por hora, una velocidad superior a la permitida en la vía y, con una «temeridad manifiesta», realizó maniobras peligrosas como adelantamientos en línea continua o curvas.

El fallo, como pedía la defensa del matador, no tuvo en cuenta la prueba de alcoholemia, que fue realizada horas después del accidente y registraba 1,26 gramos por litro de alcohol en sangre, el triple de lo permitido para conducir. Los errores en la cadena de custodia han invalidado la prueba, dado que la prueba se efectuó en el hospital, nada más llegar a Urgencias, con fines médicos. Por tanto, no se consignó en cada momento quien transportaba o manipulaba la muestra de sangre, un protocolo necesario a efectos procesales para validar su autenticidad. Así, no solo «no consta debidamente acreditada la cadena de custodia» sino que además la juez apunta que «no se ha podido probar que la muestra analizada corresponda a la sangre del acusado».

Una vez anulada, los únicos indicativos de la posible ebriedad eran los testimonios de las personas que se cruzaron con el diestro esa noche.

En este punto, la juez manifiesta que «hay dudas razonables sobre la ingesta de alcohol» dado que los médicos y bomberos que le atendieron en el lugar del accidente y en el hospital tienen experiencia en estos casos y no detectaron signos de alcohol. Además declararon que vieron «normal» al diestro en las pruebas de consciencia practicadas.

De confirmarse el fallo en instancia superior, el torero deberá ingresar en prisión al ser una pena superior a los dos años. Algo que no ocurrirá hasta dentro de, al menos, siete meses, cuando se resuelvan los recursos presentados por las partes, entre ellas la familia de la víctima mortal.

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