El Consejo de Estado da la espalda a la reforma de la nueva ley de Tráfico
El Reglamento de Circulación no ha visto la luz después de un año.
Se está haciendo esperar. La reforma de la Ley de Seguridad Vial fue aprobada por el Parlamento hace casi un año, pero una de sus principales patas, el Reglamento General de Circulación, no termina de ver la luz
Después de las expectativas, las críticas realizadas al texto por el Consejo de Estado —y por otros sectores de la sociedad— parecen indicar que la reforma del reglamento necesita todavía otro hervor. El texto entrará en vigor tres meses después de su aprobación por el Consejo de Ministros, y esto supone que no estará vigente para el primer éxodo vacacional del año: Semana Santa. Según el último borrador del texto de la reforma, estas son las novedades principales
Velocidad: nuevos límites En autovías y autopistas, siempre que la climatología y el tráfico lo permitan, se podrá autorizar en determinados tramos velocidades máximas de 130 km/h. En las carreras convencionales, dependiendo del tamaño del arcén, las velocidades permitidas serán de 90, 70 y 50 km/h. En zonas urbanas habrá tres tipos de velocidades máximas, 20, 30 y 50 km/h. En las vías sin pavimentar la velocidad máxima será de 30 km/h.
En este apartado se especifica que cuando el conductor del vehículo —bicicleta o moto— vaya a pie empujándolo no sobrepasará el paso humano, ni los animales que arrastren un carro irán a más del trote.
Inhibidores: sin trampas El texto prohibe los inhibidores y los detectores de radar. Los avisadores de la posición de los sistemas de vigilancia de tráfico siguen siendo legales. En este sentido también advierte de que el conductor tendrá que procurar que las matrículas estén en buen estado. La infracción de estos preceptos es considerada como grave o muy grave.
Alcoholemia: todos obligados Como hasta ahora, el texto dice que están obligados a someterse a la prueba de alcoholemia todos los usuarios de la calzada implicados en un siniestro o requeridos en un control preventivo, incluidos ciclistas, jinetes o peatones
Drogas: detección en la saliva La reforma regula las pruebas salivales para detectar la droga
Si el individuo se niega, el agente puede inmovilizar el vehículo. Consistirán en la prueba salival, mediante un dispositivo en el lugar, y si es positivo se hará un posterior análisis toxicológico.