Diario de León

El Común pide protección para los divorciados con familia numerosa

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El Procurador del Común ha trasladado a la Defensora del Pueblo la dificultad que sufren las familias numerosas en Castilla y León para el reconocimiento de condición de familia numerosa a las unidades familiares resultantes de una separación o divorcio con custodia compartida.

El Procurador informa de que la normativa vigente solamente permite que uno de los dos progenitores puedan optar a la obtención del título acreditativo de dicha condición y, por tanto, beneficiarse de las posibles bonificaciones o exenciones. Desde el Procurador del Común se ha señalado que la aplicación actual de la normativa estatal aplicada a casos de custodia compartida coloca a las familias afectadas en una situación injusta y perjudicial, lo que genera situaciones de desigualdad puesto que comparten la carga económica de los hijos comunes. En este sentido, el Procurador ha considerado que lo correcto, en caso de custodia compartida, es que se reconociera la condición de familia numerosa a ambas unidades familiares surgidas a raíz de la ruptura de la pareja. Esta consideración conllevaría la conveniencia de revisar el texto vigente de la ley, eliminando así las condiciones contrarias a la plena efectividad del principio de protección a la familia, o criterios que encierran una preferencia o un trato desigual.

Dado que se trata de la modificación de una normativa estatal, el Procurador ha trasladado esta recomendación a la Defensora del Pueblo, quien se ha comprometido a instar al Gobierno central a remitir a las Cortes Generales un proyecto de Ley de reforma de Ley con la finalidad de evitar esta discriminación.

Además de esta situación, el Procurador ha tramitado otra queja donde se denuncia la falta de reconocimiento de la condición de familia numerosa a las uniones de hecho. Según se ha informado desde la institución, la Ley de Protección de Familias Numerosas no equipara las uniones de hecho con el vínculo conyugal y por tanto, no les permite el reconocimiento de familia numerosa. El Procurador del Común entiende que en la aplicación del ordenamiento jurídico «nadie puede resultar discriminado por razón del grupo familiar al que pertenece, tenga éste su origen en el matrimonio o en la unión de personas que convivan en análoga relación de afectividad». Por ello, y siguiendo la opción de la mayoría de la comunidades autónomas, se ha estimado instar a la modificación en Castilla y León de la interpretación dada a la ley.

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