Acogidas bajo la Instrucción «Cor Orans»
El «Cor Orans» es una «Instrucción» de naturaleza jurídica, constituyen las normas generales sobre los monasterios femeninos, las federaciones, las etapas de su fundación y desarrollo, el acompañamiento de la Iglesia, la clausura y sus modalidades, la formación integral de las monjas y el lugar de los medios de comunicación social en la vida de los monasterios. Según cuenta el padre Agustino Alonso Gutiérrez, delegado diocesano para los Institutos de Vida Consagrada de la Diócesis de León, el «Cor Orans «tiene las siguientes exigencias: 1. Mayor formación de las que ingresen en los monasterios. 2. Necesidad de los monasterios de federarse con otros de la misma congregación para evitar su aislamiento. 3. Guía obligatoria sobre el uso de Internet en los conventos. 4. Reforzar el papel de la superiora federada que representa a la unión de conventos de la misma federación. 5. Mayor exigencia en la preselección de kas candidatas, estudio detallado de cada caso.
6. En caso de se mujeres de otros países, cuidarlas y restringirlas. En definitiva, el «Cor Orans» definirá con claridad lo que es un monasterio autónomo, dentro de las federación correspondiente, recordará la autoridad de la superiora federada y evitará el aislamiento actual que existe en los monasterios.