El Rajoy que juzgó a vagos y maleantes
El padre del presidente del Gobierno, que ha fallecido hoy, fue, desde su puesto en León, el magistrado competente de los juzgados especiales de Vagos y Maleantes de ocho provincias: las cuatro gallegas, Oviedo, Salamanca, Zamora y León

Imagen de los libros de vagos y maleantes que se conservan en el Archivo Histórico Provincial de León. SECUNDINO PÉREZ
El padre del expresidente del Gobierno Mariano Rajoy, Mariano Rajoy Sobredo, ha fallecido el 1 de noviembre en Madrid a los 97 años. Rajoy Sobredo, nacido en Santiago de Compostela (A Coruña), residió una década en León junto a su mujer y sus hijos, entre ellos el expresidente Mariano Rajoy, cuando fue nombrado juez de Primera Instancia e Instrucción número uno de León. Sus restos mortales serán trasladados a Pontevedra, donde será enterrado mañana en el panteón familiar del cementerio de San Mauro en esa ciudad.El sepelio será a la una y media de la tarde y a las seis y media habrá una misa funeral en la basílica de Santa María. Mariano Rajoy estaba muy unido a su progenitor, que, delicado de salud, vivió con él en Moncloa, en la vivienda familiar que se reserva del palacio, durante el tiempo en que fue presidente del Gobierno. (Recuperamos este reportaje publicado el 30 de diciembre del año pasado sobre la personalidad del padre del expresidente)
El BOE del 11 de octubre de 1960 publicaba el decreto por el que se nombraba a Mariano Rajoy Sobredo juez de Primera Instancia e Instrucción número uno de León, donde permanecería diez años. El Archivo Histórico Provincial conserva los libros de Vagos y Maleantes en el periodo comprendido entre 1966 y 1970, cuatro tomos en los que el padre del presidente anotaba los datos y sentencias de los detenidos por el reglamento franquista aprobado en el año 1935. Durante esos cuatro años, el magistrado destacado en León dictó las vidas de un centenar de personas, la mayoría residentes en Galicia.
Y es que según la Orden del Ministerio de Justicia del 31 de mayo de ese año, la competencia territorial de los Juzgados Especiales de Vagos y Maleantes entre los que se encuentra León, tiene una jurisdicción que alcanza a León, La Coruña, Lugo, Orense, Pontevedra, Oviedo, Zamora y Salamanca. Fue él quien abrió el llamado ‘Libro de presentaciones’, en el que se daba cuenta de los nombres y circunstancias familiares de los detenidos a causa de la citada ley, las medidas adoptadas por el magistrado y las observaciones. Fueron cien sentencias en cuatro años y la mayoría de ellas absolutorias, una cifra que no concuerda con lo que solía ser habitual en aquellos años. De hecho, tan sólo uno de los cuatro libros se completó, mientras que en los tres restantes tan sólo se plasmaron los nombres de una decena de personas.
En el año 1954 se modifica la ley para incluir a los homosexuales al entenderse que ofenden la moral de los españoles. En unos años durante los que alrededor de 5.000 homosexuales acabaron entre rejas, los libros que recogen los autos de la ley en ocho provincias españolas plasman la condena a menos de una decena. Además, y mientras que las sentencias en estos casos solían ascender a tres años, Mariano Rajoy Sobredo dictaba condenas en las que el tiempo de estancia en los campos de trabajo no solía exceder los doce meses. Algunos de los expedientes se resuelven con la absolución, «declarando no haber lugar a imponer medidas de seguridad». Es el caso de Javier Oroz López, hijo de Javier y María, de 25 años y natural de Vigo. Su auto se abrió a causa de la acusación de «invertido» y el magistrado resolvió que no había lugar a imponer medidas de seguridad. Mayor fue la pena para Enrique Pérez García, con la misma acusación, y con 27 años de edad en el momento de su detención. Mariano Rajoy Sobredo resolvió su mantenimiento a entre uno y dos años de prisión y la obligación de declarar su domicilio, así como un año sujeto a vigilancia.

Mariano Rajoy Sobredo con su mujer Olga Brei y sus tres hijos el día en que el actual presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, hizo la Primera Comunión . DL
En los libros priman los acusados por carteristas, topista, estafadores, rufianes y delincuentes habituales. Topista (o topero) se denominaba a los ladrones mientras que con rufián se hacía referencia al proxenetismo. A estos últimos solía condenárseles a pagar las costas de oficio, mientras que a los ladrones se les aplicaban castigos como la prohibición de residencia en las zonas en las que habían actuado y su internamiento en un establecimiento de régimen de trabajo «por tiempo no inferior a dos años ni superior a tres», tras lo cual sería vigilado durante un año.
El número de mujeres que aparece en los libros es muy baja. Son apenas una decena y la mayoría de ellas se dedicaba a la prostitución. Es el caso de Julia Palacio, de 38 años y presa en Gijón, a la que se le absolvió por «no haber lugar a la imposición de medidas» o de María Concepción Aranjuez Picón, a quien se abrieron tres expedientes consecutivos: 10 y 20 de agosto y uno de septiembre. A ésta se prohibió residir en Valladolid por un periodo de dos años y se la condenó a la «sumisión a la vigilancia de la Junta de Libertad vigilada con obligación de declarar su domicilio durante dos años». La ley de Vagos y Maleantes también preveía la vigilancia de personas sin hogar, como Ovidio Iglesias Rodríguez, clasificado como «vagos de Bilbao». En su expediente se recoge que va a residir en Bilbao por las obras del pantano de Porma que realiza la compañía de los Ferrocarriles de Medina del Campo a Zamora y de Orense a Vigo. Hay dos mendigos: Alfredo Ordiz y Emilio Fernández Villar, detenidos en Lugo y Cangas de Narcea respectivamente a los que también se absuelve por «no haber lugar a medidas de seguridad».
Casas de templanza
En los expedientes hay varias sentencias dictadas a discapacitados mentales, entonces calificados de locos. Sin embargo, en el caso el magistrado no pone adjetivos ni califica a estas personas, para las que dicta el mantenimiento «curativo en una casa de templanza». Por lo general, las condenas, como en el caso de Jositeo Núñez Bravas, oscilan entre los seis meses y los cuatro años «siempre que así lo aconsejaran los dictámenes facultativos».
El libro número cuatro se clausura con tres extranjeros. Son dos hombres (Dennis John Hunt y Frederick Gerald) y una mujer llamada Suzanne Mildon Meree. Los tres son acusados el cinco de agosto de 1970 y mientras que a los dos hombres se les absolvió, el juez declaró rebelde a la mujer.
En 1970 los libros se cerraron tras la aprobación por parte de Franco de la ley de Peligrosidad Social fue firmada por Franco en el pazo de Meirás, el 4 de agosto de 1970. En ella estaban incluidos: vagos, mendigos, prostitutas, pornográficos, homosexuales, alcohólicos, toxicómanos, menores abandonados por la familia o rebeldes a ella «que se hallasen moralmente pervertidos», enfermos y deficientes mentales, entre otros. Su controvertido artículo 2/0 incluía como supuestos peligrosos sociales a «los que con notorio menosprecio a las normas de convivencia social y de buenas costumbres o del respeto debido a personas o lugares se comporten de modo insolente, brutal o cínico (sic) con perjuicio para la comunidad o daño de los animales, las plantas o las cosas».

Diligencia con la que Mariano Rajoy Sobredo se hace cargo de la competencia judicial. S. PÉREZ