Diario de León

¿ Y si se reparte

Si no se avisa podría tributar por el Impuesto de Sucesiones

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Desde que en 2012 se decidió que Hacienda se quedaba con el 20% del premio ya no se incluyen en la base imponible del IRPF, por lo que tampoco habrá que pagar más en la declaración. Si el ganador es una empresa, asociación, fundación o cooperativa, las obligaciones fiscales cambian. El dinero quedará integrado en su base imponible del Impuesto de Sociedades, y se descontará la retención de la cantidad que resulte a pagar.

Y cuando el premio es compartido, algo común en la Lotería de Navidad, es muy importante avisar de ello cuando se recoge en la administración. Si no podría terminar tributando por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que debería pagar quien recibe el premio y cuyo porcentaje dependerá de la comunidad de donde sea el ganador.

Si el cobro se hace en un banco, también habrá que avisar de que el premio es compartido porque la entidad tiene la obligación de informar al fisco. Además, si lo recibe una sola persona y luego se reparte, sería gravado con el tributo de Donaciones.

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