La Junta Electoral dictará instrucciones sobre la palabra «consciente»

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León

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La Junta Electoral Central dictará una instrucción para todas las juntas electorales provinciales y de zona para aclarar el nuevo procedimiento tras la modificación de la Ley Electoral. La Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, queda modificada en la forma siguiente: «Toda persona podrá ejercer su derecho de sufragio activo, consciente, libre y voluntariamente, cualquiera que sea su forma de comunicarlo y con los medios de apoyo que requiera». «A partir de la entrada en vigor de la Ley de modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General —el 6 de diciembre— para adaptarla a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, quedan sin efecto las limitaciones en el ejercicio del derecho de sufragio establecidas por resolución judicial fundamentadas jurídicamente en el apartado 3.1. b) y c) de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, ahora suprimidas. Las personas a las que se les hubiere limitado o anulado su derecho de sufragio por razón de discapacidad quedan reintegradas plenamente en el mismo por ministerio de la ley».

La palabra «consciente» es lo que menos entienden los jueces. El juez de familia de León, José Enrique García Presa, asegura que la reforma es clara en sus planteamientos pero ¿cómo y quién valora que la persona tiene consciencia? ¿será el presidente de la mesa electoral?. Hasta ahora se hacía con las resoluciones judiciales, pero ese trámite se suprime. La reforma es muy reciente y habrá que valorar cómo inciden en la práctica».

Fuentes de la Junta Provincial Electoral consultadas aseguran a este periódico que la modificación de la ley permite también a las personas con discapacidad intelectual salir elegidas como miembros de una mesa electoral. «Habrá que esperar a las instrucciones de la Junta Electoral Central».

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