Diario de León

El TC anula que los TSJ decidieran las restricciones covid

Nuevo golpe judicial a las medidas del Gobierno para la gestión de la pandemia

Ordoño II de León, el 24 de enero de 2021. MARCIANO PÉREZ

Ordoño II de León, el 24 de enero de 2021. MARCIANO PÉREZ

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El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado la reforma realizada por el Gobierno para que los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) fueran los encargados de dar el aval judicial a las restricciones sanitarias aprobadas por las comunidades autónomas tras el final del estado de alarma declarado por la pandemia de coronavirus, al considerar que supone una quiebra del principio de separación de poderes porque esa potestad reglamentaria corresponde al Ejecutivo.

El Pleno ha respaldado la ponencia elaborada por el magistrado Enrique Arnaldo, por una mayoría de siete votos contra cuatro. Los magistrados Cándido Conde-Pumpido, María Luisa Balaguer, Ramón Sáez e Inmaculada Montalbán han anunciado voto particular porque creen que atribuir a jueces y tribunales la función de aprobar medidas de policía sanitaria de alcance general tiene expresa cobertura constitucional en el artículo 117.4 CE, según ha informado la corte de garantías.

El TC ha estimado así la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Aragón en relación con el artículo 10.8 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, redactado por la disposición final segunda de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente a la COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, declarando inconstitucional y nulo dicho precepto.

El artículo cuestionado atribuía a los TSJ la competencia para rechazar o dar la autorización judicial a las restricciones sanitarias adoptadas por los gobiernos autonómicos y, en su caso, locales por considerarlas urgentes y necesarias para la protección de la salud pública y que implicasen la limitación o restricción de derechos fundamentales, cuando sus destinatarios no estuvieran identificados individualmente.

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