Diario de León

La UE cambia las reglas del equipaje de mano y un abogado explica cómo reclamar: «Puedes pedir la devolución»

La nueva normativa europea sobre equipaje de mano y derechos de los pasajeros obligará a las aerolíneas a mostrar sus tarifas con mayor transparencia, mientras el abogado Andrés Millán explica qué pruebas deben conservar quienes quieran reclamar un suplemento

Las nuevas normas europeas buscan que las aerolíneas informen con mayor claridad sobre el equipaje de mano incluido y los posibles suplementos antes de completar la reserva.

Las nuevas normas europeas buscan que las aerolíneas informen con mayor claridad sobre el equipaje de mano incluido y los posibles suplementos antes de completar la reserva.Unsplash

Patricia de la Torre
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La reforma europea de los derechos de los pasajeros aéreos llega en plena operación salida de agosto, cuando muchos viajeros vuelan con tarifas básicas y descubren durante la reserva o en el aeropuerto que llevar una maleta en cabina implica un suplemento. La Unión Europea ha aprobado nuevas reglas para aclarar los precios, facilitar las reclamaciones y ampliar determinados derechos, aunque todavía no son aplicables.

El Consejo de la Unión Europea dio su aprobación definitiva a la reforma el 13 de julio de 2026. Las medidas entrarán en vigor doce meses y veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, por lo que no modifican las condiciones de los vuelos contratados este verano.

La nueva normativa sobre equipaje de mano no se aplica de forma inmediata

La principal novedad no consiste en reconocer gratuitamente cualquier maleta de cabina, sino en cambiar la manera en la que las compañías muestran sus tarifas. Antes de comenzar la reserva, deberán presentar de forma predeterminada el precio de una opción que incluya una pieza de equipaje de mano, aunque podrán seguir ofreciendo una tarifa más barata sin ella. Además, el nuevo marco reconoce el derecho a llevar gratuitamente un objeto personal, como un bolso o una mochila pequeña, de hasta 40 × 30 × 15 centímetros o que pueda colocarse debajo del asiento delantero.

El abogado Andrés Millán, conocido en Instagram por la cuenta @lawtips, analiza en un vídeo qué puede hacer un pasajero cuando compra un billete y, al llegar al aeropuerto, le exigen un sobreprecio por llevar la maleta de mano.

«¿Y si mañana deciden no incluir tampoco en la tarifa básica un bolso o que la gente lleve pantalones?», plantea para ilustrar hasta dónde podría llegar la fragmentación del precio. Millán sostiene, apoyándose en distintas resoluciones judiciales, que el equipaje de mano forma parte de lo mínimo indispensable del transporte y que cobrarlo puede generar un grave desequilibrio entre la aerolínea y el pasajero.

El argumento se apoya en el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea española, que contempla el transporte gratuito en cabina de los objetos y bultos que el viajero lleva consigo, salvo que existan razones de seguridad relacionadas con su peso, dimensiones o las características del avión.

Existe además una sentencia europea relevante. En 2014, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea señaló que el equipaje no facturado constituye, en principio, un elemento necesario del transporte y que no puede estar sujeto a un suplemento cuando cumple requisitos razonables de peso, dimensiones y seguridad. No obstante, el alcance exacto de esa doctrina continúa provocando disputas sobre qué debe entenderse por equipaje «necesario» y si una compañía puede incluir gratuitamente solo un bulto pequeño bajo el asiento y cobrar por una maleta destinada al compartimento superior.

El conflicto también ha llegado a las administraciones. En noviembre de 2024, el Ministerio de Consumo impuso sanciones por un total de 179 millones de euros a Ryanair, Vueling, easyJet, Norwegian y Volotea por diferentes prácticas consideradas abusivas, entre ellas el cobro del equipaje de mano.

Cómo reclamar un cobro por equipaje de mano a la aerolínea

«Cobrar este equipaje es nulo y puedes reclamar todo el dinero que has pagado», afirma Andrés Millán. La devolución, sin embargo, no está garantizada automáticamente en todos los casos. El resultado dependerá de las dimensiones del bulto, la tarifa contratada, la información facilitada durante la compra y el criterio del órgano que resuelva el conflicto.

El primer paso consiste en dirigirse por escrito al servicio de atención al cliente de la aerolínea. La reclamación debe identificar el vuelo, explicar dónde y por qué se exigió el suplemento y solicitar expresamente su devolución. Cuanto más concreta sea la petición, más sencillo será acreditar después que la compañía conocía el problema y tuvo la oportunidad de responder.

Millán aconseja adjuntar el billete, la reserva, la tarjeta de embarque y el justificante del pago. También resulta útil conservar capturas del proceso de compra, las condiciones de la tarifa y cualquier mensaje recibido por correo electrónico o por la aplicación de la aerolínea. El objetivo es demostrar qué información estaba disponible cuando se contrató el vuelo y en qué momento apareció el coste adicional.

El abogado recomienda enviar la reclamación de manera que quede constancia de la fecha, la hora y el contenido. No basta con hablar con un empleado en el mostrador o mantener una conversación telefónica que después no pueda acreditarse. «Adjuntad siempre todos los documentos: justificante de pago, billete, reserva y copia», insiste.

Cuando la compañía no responde o rechaza la devolución, el viajero puede acudir al Centro Europeo del Consumidor en España si se trata de un conflicto transfronterizo con una empresa establecida en otro país de la Unión Europea, Islandia o Noruega. Según Millán, también cabe valorar una reclamación judicial y, en determinados procedimientos de cuantía reducida, no es obligatorio intervenir con abogado ni procurador. Antes de demandar conviene analizar el caso concreto, porque no todos los suplementos ni todas las piezas de equipaje presentan las mismas circunstancias.

La polémica económica es considerable. La OCU ha denunciado que algunas aerolíneas de bajo coste encarecen los billetes hasta 56 euros por llevar equipaje de mano. Muchos pasajeros terminan abonando el recargo durante la facturación o en la propia puerta de embarque, cuando disponen de poco margen para discutir las condiciones sin arriesgarse a perder el vuelo.

La reforma del equipaje de mano también cambia otros derechos del pasajero

La reforma europea no se limita a las maletas. El nuevo reglamento mantiene el derecho a compensación cuando el vuelo llega con más de tres horas de retraso, siempre que se cumplan los requisitos y no concurran circunstancias extraordinarias. Las indemnizaciones seguirán situándose, con carácter general, en 250, 400 o 600 euros según la distancia y el tipo de trayecto.

Las compañías deberán facilitar instrucciones claras para reclamar, confirmar inmediatamente que han recibido la solicitud y contestar en un plazo de treinta días, ya sea abonando la compensación o justificando su negativa. También tendrán que informar electrónicamente al pasajero cuando un retraso pueda generar derecho a indemnización.

Las familias que viajen con niños tendrán derecho a sentarse juntas sin pagar un suplemento por la asignación de los asientos. Además, una aerolínea no podrá denegar el embarque en el vuelo de regreso porque el pasajero no haya utilizado el trayecto de ida, una práctica conocida como «no-show».

Hasta que las medidas entren en vigor, conviene revisar las condiciones de la tarifa antes de comprar, comprobar las dimensiones admitidas por la compañía y conservar la reserva, el justificante del pago y las capturas del proceso de contratación.

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