¿Qué ocurre al superar los 18 meses de baja médica? La Seguridad Social aclara los plazos y la situación laboral del trabajador
Al alcanzar el límite legal de 545 días de incapacidad temporal, la relación laboral no se extingue de forma automática, sino que queda suspendida mientras el INSS evalúa si otorga el alta, una prórroga o una incapacidad permanente

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz (i), y la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y portavoz del Gobierno, Elma Saiz (d), durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Una baja médica de larga duración conlleva una serie de procedimientos estrictos y consecuencias legales para el trabajador que van más allá de la percepción económica de la prestación. De acuerdo con la normativa vigente de la Seguridad Social, el límite ordinario para una situación de incapacidad temporal se fija en un máximo de 545 días (lo que equivale a 18 meses). Este periodo se compone de los primeros 12 meses iniciales, prorrogables por otros seis meses adicionales siempre que exista una expectativa real de recuperación del empleado dentro de ese margen.
Al contrario de lo que a menudo se malinterpreta, superar los 18 meses de baja no implica la pérdida automática del puesto de trabajo. Lo que realmente sucede al alcanzar este umbral es que la relación laboral entra en una fase de suspensión temporal. Durante esta etapa, la empresa deja de abonar las cuotas de cotización a la Seguridad Social y el expediente del trabajador deja de estar bajo la gestión de la mutua o el servicio de salud, pasando a depender exclusivamente del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
En este escenario, el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) es el encargado de examinar el caso y determinar cuál será el siguiente paso procesal mediante una resolución que se comunica al interesado. Las alternativas que maneja el organismo público son principalmente tres:
Emisión del alta médica: Se adopta si el tribunal médico considera que el trabajador se ha recuperado por completo o cuenta con la capacidad suficiente para reincorporarse a su actividad laboral ordinaria, debiendo volver a su puesto en los plazos establecidos.
Demora de calificación: Se aplica cuando los servicios médicos estiman que todavía existen posibilidades reales de recuperación, permitiendo extender la situación de baja excepcional por un tiempo adicional que puede prolongarse hasta los dos años en total.
Reconocimiento de una incapacidad permanente: Se decreta si el INSS constata que las secuelas del paciente son definitivas e impiden el normal desarrollo de su profesión, clasificándose según su gravedad en parcial, total, absoluta o gran invalidez.
En definitiva, llegar a los 545 días de incapacidad temporal abre un periodo de control exhaustivo por parte de la administración pública. Lejos de suponer un despido o una baja directa en el empleo, la medida suspende el contrato mientras se define el futuro médico y laboral del ciudadano.